Cheque-transporte

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El cheque transporte fue puesto en marcha por el Servicio Canario de Empleo mediante ayudas que se denominan “cheque-transporte”, como una medida para favorecer la movilidad laboral de desempleados e incentivar nuevos contratos laborales.

De esta forma dio inicio y en principio unas 7 compañías concesionarias de transporte interurbano de todo el Archipiélago han incluido esta iniciativa de bono de transporte para desempleados que sean residentes en las Islas y que encuentren un empleo a más de 20 kilómetros de sus respectivos hogares.

Este Programa tiene como objetivo inmediato el de promover, impulsar y potenciar la movilidad laboral mediante la implantación de subvenciones que soporten los costes del transporte público al que deben hacer frente los trabajadores en cuanto a los costes durante los días laborales, especialmente aquellos que se encuentran peor remunerados.

El “Cheque-Transporte” adopta la forma de bono de transporte o carné, además de permitirle al beneficiario poder desplazarse gratuitamente en línea regular por carretera, desde su habitual domicilio hasta su habitual lugar de trabajo, durante sus respectivos días laborales.

Para ello los interesados deben cumplir ciertos requisitos:
-Tener su residencia en Canarias.
– Estar inscrito como demandante de empleo en cualquiera de las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo, con una inscripción ininterrumpida, al momento de ser contratado, de al menos 1 mes.
-También sin reunir el requisito de dicho período mínimo de inscripción de 1 mes, podrán acceder a esta subvención “Cheque-transporte” aquellas personas que presenten al menos alguna de las situaciones especiales siguientes, siempre y cuando conste su previa inscripción como desempleada en cualquiera de las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo:
Trabajadores con discapacidad reconocida, igual o superior al 33%.
Perceptores de la Prestación Canaria de Inserción.
Menores de 30 años, o mayores de 45 años, en la fecha de formalización del contrato.
Mujeres víctimas de violencia de género.

-Haber sido contratado por un período no inferior a 6 meses, en un centro de trabajo distante en, al menos, 20 kilómetros del lugar de su residencia habitual.

Dicho contrato deberá reunir los siguientes requisitos:

-El contrato, deberá ser formalizado dentro de los márgenes temporales que se establezcan en la respectiva convocatoria, podrá ser indefinido o temporal, en este caso, su duración no podrá ser inferior a seis (6) meses.
-La jornada, podrá suscribirse a jornada completa o a tiempo parcial, en este último caso, su duración no podrá ser inferior al 50% del total de la jornada ordinaria establecida.
-El importe de los costes salariales, de ser en contratos a jornada completa, éstos deberán ser inferiores a 1.500€ brutos al mes, incluida la parte correspondiente a las pagas extras anuales establecidas según el Convenio que corresponda. En el caso de contratos a tiempo parcial, dichos límites cuantitativos se aplicarán proporcionalmente a la duración de la jornada.
-No estar incluidos en alguna de las prohibiciones para beneficiarse de subvenciones públicas.

Teniendo como límite cada trabajador que se beneficie sólo podrá generar derecho por una sola vez al “Cheque-transporte”.

La partida de 600.000€ que ha sido prevista inicialmente, se podrá modificar, de momento servirá para cubrir las peticiones de “cheque-transporte” hasta finales del presente año 2009. Con dicha partida se financiarán la ida y vuelta diaria desde el domicilio habitual del desempleado al lugar de trabajo.

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