Si bien a diario realizamos operaciones, es bueno aclarar ciertos puntos claves de la economía. Uno de los items más importantes, son los impuestos. Tal vez, unos de los impuestos indirectos más reconocidos es el IVA. Esta es la sigla que se utiliza para denominar al Impuesto sobre el Valor Añadido que se trata de unimpuesto indirecto que recae sobre el consumo de bienes y servicios producidos o comercializados en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.
En cuanto a las exenciones de IVA, podemos esta categoría como aquellas en donde las operaciones no surge el deber de tributar, por ejemplo en el caso de hospitalización y asistencia sanitaria pública, las prestaciones realizadas por dentistas, los servicios públicos de asistencia social, la educación de la infancia y juventud por entidades públicas o privadas autorizadas.
Ya está aquí la posibilidad de solicitar la Renta 2012 en la Agencia Tributaria el borrador, además de ello pueden solicitar una cita previa que les permitan realizar la declaración de la Renta apenas inicia el mes de Abril ante la Agencia Tributaria y que tienen la posibilidad todos los contribuyentes. Los invitamos a consultar el Calendario Fiscal 2012, con el que podrán tener un mejor conocimiento de cuando hacer la declaración, también es bueno que tengan en cuenta los calendarios fiscales locales.
Aquellos que quedan obligados a llevar adelante la declaración de la Renta 2011 – 2012, deben pasar por un sistema de solicitud de cita previa que les permitirá realizar la declaración de la Renta en oficinas de Hacienda teniendo el apoyo de los cualificados asesores tributarios. Así para solicitar una cita previa para poder declarar dicha Renta.
Si por si fuera poco las novedades en impuestos debemos hacerle frente y de la mejor manera posible a la cuesta de Enero de 2012. Entre las primeras cifras a considerar es la de los 679€, cuantía que significa lo que cada contribuyente español tiene que pagar, se trata de un pago extra.
Estos 679€ deberán pagarse ya en el calendario 2012 y son generados por los recientes aumentos del: IRPF, IBI, hipotecas y los servicios básicos- gas natural y el agua-.
Entre los pagos más significativos se trata de la subida del IRPF, y que está incluido en los recientes anuncios que forma el paquete de ajuste del nuevo Gobierno de Mariano Rajoy, que ya arrancó el año subiendo impuestos y desmintiéndose el mismo de no subir precisamente impuestos, con esto nos significa afrontar una media anual de 222€.
Las formas de poder solicitar dicho borrador es a través del teléfono y también está habilitada la forma de acceder al borrador mediante Internet desde la propia Web de la Agencia Tributaria.
Este nuevo borrador de la renta 2012 como cabe aclarar se trata de la declaración de la renta del ejercicio fiscal 2011 a no confundirse de ejercicio.
Cuando inicia el Calendario Fiscal 2012 además de afrontar la cuesta de Enero y planear las vacaciones, nos toca afrontar las obligaciones con la Agencia Tributaria y solicitar el borrador 2012. Durante el próximo mes de Abril y como en cada año, se debe a esta altura del año todos los deben estar atentos al inicio de la declaración de la renta 2012 ya que se inicia el plazo para hacer el pedido del borrador de la renta 2012, nadie puede estar desatento a esta obligación con Hacienda ya que implica una serie de obligaciones fiscales.
Dicho borrador de la renta se trata de un documento que a solicitud es enviado por Hacienda y que debemos rellenar con los datos a los ingresos y rendimientos del trabajo y demás datos. Hacienda les enviará el documento que deben revisar los números de la liquidación, de ser así deberán aceptarlos lo que hace que se ayuda en el tiempo del trámite y plazos.
Tras tener en mano el borrador de la renta 2012, deberán confirmarlo siempre que estén a favor de la liquidación, aunque puede darse el caso de que sea un borrador a modificar o puede ser el caso de un borrador no confirmable.
Así como subir el IVA implica varios costes, el IVA superreducido para la vivienda según el Gobierno el coste alcanzaría los 750 millones de euros al aplicar dicho IVA superreducido sobre la vivienda, además de extenderlo hasta 2012.
Este tipo superreducido del 4% del IVA que repercutirá en ciertas entregas de viviendas que vuelve a aplicarse le representará ese coste a las administraciones públicas, lo que 750 millones de euros representa un alto costo ante la situación en la que viven.
Si nadie se dio cuenta este nuevo ejercicio 2011 se presenta con muchas vueltas en cuanto a lo que respecta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el (IRPF), dada las novedades. Como me lo ha dicho un amigo contador, ustedes tienen un tributo que ni a veces ustedes entienden y enreda al mas entendido…….!
La verdad no sé si es complicado cuando es cuestión de “ejercicio” y lo que es a base de repetición tarde o temprano se aprende, le es complicado para el que recién debe empezar a meterse de lleno. En los tipos estatales podemos encontrarnos con hasta 6 tramospor no contar lo que toca a nivel autonómico debido a que las regiones autonómicas de España cuentan con algo así como una escala autonómica, pero no deja fuera a la escala estatal que es el punto en el que el ovillo tributario comienza a enredarse para algunos.
Así como hay sectores que sufren de las medidas del Gobierno de Rajoy con subidas o recortes, por que se pregunta uno no atacaría con una subida para este 2012 y el próximo 2013, al Impuesto sobre la Renta, afectando a la parte sobre los ingresos por rentas del trabajo y actividades profesionales, y a las rentas del capital, sí completita completita la medida atacando ambos flancos.
Además de que el aumento de la carga fiscal crecerá cuando los ingresos lo hagan.
Es así que este es un tema que siempre preocupa como son los gastos que hay que afrontar y mal que nos pese, los impuestos son parte de ellos. Por otro lado, quienes trabajan en empresas y cobran un salario, no están ajenos a estas preocupaciones, dado que todos los ingresos ya sean independientes o empleados, están alcanzados por impuestos.
Dada a conocer estas medidas es que, tanto trabajadores, profesionales como pensionistas por igual quedan afectados el efecto por la subida del IRPF sobre las nóminas ya desde el próximo mes de Febrero, debido al ajuste de las retenciones a cuenta aplicadas por los empresarios en las nuevas tarifas.
Entre las muchas de las medidas que debe afrontar el nuevo Gobierno de Mariano Rajoy uno de los aspectos será el fiscal y en el que encarará la modificación del IVA, Sociedades, IRPF además de un mejoramiento de la tributación de los planes de pensiones, además de tocar algunos impuestos.
Si bien lo que es la reforma fiscal integra esta quedará aplazada ya que espera que las demás medidas logren mejorar la economía general al requerirse una situación que no dañe más a los que deberán acusar estas modificaciones.
Se modificará lo referido con el régimen del IVA en el colectivo de los trabajadores autónomos y el tejido de las pymes posibilitando que eviten pagar el impuesto hasta haber cobrado las facturas. Además de las modificaciones fiscales para las pymes; se fija un tipo de procedimiento de compensación autonómica como el de la cuenta corriente tributaria que será para cualquiera sea la deuda siempre que sea reconocida por la administración pública.
También impulsará una ayuda fiscal por 3.000€ por cada empleado que contraten las pymes. RPF, impuestos. En cuanto a lo relativo a Sociedades, se eliminarán las limitaciones que rigen y que sirven para aplicar el tipo del 20% en las empresas que registren negocios por debajo de los 5 millones de euros.
Por otro lado se extiende ta los 12 millones de euros la cifra de negocios permitida para acogerse al régimen especial para empresas que registren una reducida dimensión.
Eleva a los 500.000 euros el actual límite de base imponible y que es al que aplica el tipo reducido del 25%.
Se lanzará una exención para la modernización de activos fijos que realicen las empresas, con la ventaja de no tributar por plusvalías por la venta de sus activos fijos al reinvertir.
En cuanto a la vivienda, sigue el tipo superreducido por adquisición de vivienda, aunque solamente para vivienda habitual, además de un límite en el precio de compra.
La modificación en el IRPF, se realizará una modificación en la fiscalidad sobre los beneficios no distribuidos, los beneficios para la adquisición de nuevos activos podrán tributar 10 puntos menos que aquellos dirigidos para los accionistas. Además en el IRPF, la modificación mejora la tributación en lo referente a las prestaciones de los planes de pensiones.
Será un año en el que la fiscalidad deberá hacer milagros como otros aspectos ya que las modificaciones deberán en especial ayudar a los sectores que desde iniciada la crisis y en los últimos años se vieron perjudicadas como las pymes y autónomos que se ven impedidos de avanzar ante los impedimentos que se ven en cualquiera de sus aspectos desde lo competitivo, lo laboral, la imposibilidad de acceder a mejores condiciones en el crédito o la creciente morosidad que sufren por los impagos y sin embargo será hasta tal vez más duro que este 2011 que acaba.
El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno oficial a las medidas aunque un par de medidas no han prosperado por el momento ya que los sindicatos no han dado luz verde a estas iniciativas, como la bonificación a empresas que creen empleo en sectores emergentes, como la I+D+i o las energías renovables, y en la regulación de la actividad de las empresas de recolocación en los expedientes de regulación de empleo.
HIPOTECAS
En palabras expresadas por la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, el Gobierno ha aprobado la moratoria de dos años a los parados en el pago de la mitad de su cuota hipotecaria, hasta un máximo de 500 euros mensuales, a partir del 1 de enero de 2009.
De esta manera, se aplazará la obligación del pago del 50% de la cuota mensual hipotecaria durante 24 meses.
Por su parte, las cantidades aplazadas correspondientes al otro 50% de la cuota, se compensarán a partir del 1 de enero de 2011 mediante su prorrateo entre las mensualidades que resten para la completar la hipoteca, con el límite máximo de 10 años.
Sin embargo, la medida se complementa para aquellos casos donde las familias no puedan cancelar el resto de la cuota aplazada. Para estas situaciones puntuales, el Estado garantizará las cantidades a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
¿QUIÉNES SE BENEFICIAN?
Según se ha establecido, para estar comprendido dentro de la moratoria, se incluyen a:
los parados o aquellos que hayan pasado a esa situación con anterioridad al 1 de enero de 2010 y tener derecho a prestación
los trabajadores autónomos con cargas familiares que hayan cerrado su negocio o acrediten pérdidas que reduzcan sus ingresos a tres veces el IPREM, así como pasar a ser pensionistas de viudedad con cargas familiares.
titulares de una hipoteca concertada antes del 1 de septiembre de 2008 y por un importe inferior a 170.000 euros, y sólo en caso de adquisición de vivienda habitual o primera vivienda.
CUENTA VIVIENDA
Además, se ha aprobado la prórroga en dos años (hasta un total de seis) la fecha de vencimiento de las cuentas ahorro-vivienda, aunque se mantendrá en cuatro años la posibilidad de practicarse deducción.
De esta manera, se beneficiarán los contribuyentes con cuentas vivienda que finalicen en 2008, 2009 y 2010, quienes deberán concretar la adquisición de vivienda antes de esa fecha.
También se podrá plasmar un plazo adicional para vender la vivienda habitual cuando previamente se hubiera adquirido otra. De esta manera, se ampliará hasta el 31 de diciembre de 2010 por lo que las viviendas adquiridas en 2006, 2007 y 2008, serán válidas para reinvertir el importe obtenido con ocasión de esta última.
Asimismo, se tomará en consideración la deducción por inversión en vivienda habitual para el cálculo de la retención del IRPF a los contribuyentes que obtienen rentas del trabajo por un importe inferior a los 33.000 euros anuales y que estén pagando su vivienda habitual con financiación ajena.
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