Las prestaciones con origen en el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) se siguen contando por miles en nuestro país, sin embargo generan muchas dudas sobre quién tiene derechos sobre su percepción y como tramitar las solicitudes para acceder a ellas. Lo primero que tenemos que saber es que esta pensión se destina a todos aquellos que no tienen pensión actual del Sistema de la Seguridad Social.
Trataremos de explicar en este artículo ambas cuestiones para un modelo de prestación que se dirige a quienes trabajaron antes del año 1967 y no poseen derechos sobre ninguna otra prestación.
De la contratación a la jubilación, ¿Cuándo y cómo es posible rescatar el plan de pensiones?
Qué es la pensión del SOVI
El SOVI era el régimen de protección para los trabajadores previo al sistema de seguridad social. Con el que nos desenvolvemos en la actualidad. Este antiguo sistema ofrecía la cobertura para jubilación e invalidez, y, se sigue aplicando hoy en día para aquellos trabajadores con cotizaciones previas a 1967 siendo incompatible con prestaciones que deriven directamente de la seguridad social actual.
Por tanto, las pensiones originadas por este antiguo seguro se dirigen a aquellas personas que trabajaron antes del año 1967 y que posteriormente o no han generado o no tienen derechos sobre otras prestaciones.
Un perfil típico de persona con derecho a una pensión SOVI es el de mujeres que trabajaron previamente al año 1967 y posteriormente abandonaron sus empleos tras contraer matrimonio. De hecho se ha convertido en una de las pocas soluciones para obtener una pensión de jubilación por parte de estas mujeres que no cotizaron posteriormente al régimen de la seguridad social.
Si no concurre con otras pensiones el importe de esta prestación equivale a la pensión básica más las mejoras; desde el pasado mes de enero €404.80 al mes en 14 pagas, la concurrencia con otras pensiones reduce el importe a los €393.20 mensuales por 14 pagas.
No van a ser consideradas pensiones concurrentes las siguientes.
- Españoles desplazados al extranjero siendo menores de edad como consecuencia de la guerra civil.
- Presiones recibidas como consecuencia de incapacitación de primer grado por la guerra civil.
- Pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo.
- Subsidio de ayuda por tercera persona
Como solicitar la pensión del Sovi
Existen tres modelos diferenciados, la prestación del SOVI por vejez, invalidez y la que se puede solicitar por viudedad.
Pensión SOVI por VEJEZ
Estos son los requisitos para poder solicitar la prestación por vejez:
- Haber cumplido 65 años
- No tener derecho a ninguna otra pensión enmarcada dentro de los diferentes regímenes de la Seguridad Social
- Haber estado afiliado al Régimen del Retiro Obrero previamente al año 1940 o poseer 1800 días cotizados al SOVI antes del primer día de 1967
¿ Cuándo se recibe la pensión SOVI si corresponde?
¿Qué documentos y formularios necesitamos?
- Documento Nacional de Identidad del solicitante.
- Tarjeta de Identificación Fiscal del solicitante.
- Libro de Familia o certificado de matrimonio.
- DNI del cónyuge y de los familiares mayores de 14 años, que convivan con el solicitante y a su cargo.
Pensión SOVI por INVALIDEZ
Estos son los requisitos para poder solicitar la prestación por invalidez
- Haber cumplido 50 años. Cuando la invalidez se presenta con pérdida absoluta de movimientos en las extremidades superiores e inferiores, o pérdida total de visión, o trastorno mental incurable podrá ser reconocida a partir de los 30 años.
- Que la invalidez sea absoluta y permanente además de ser la causa determinante en la pérdida de empleo ya que incapacita la persona para su trabajo habitual.
- Que la invalidez no sea derivada de accidente de trabajo o imputable al propio trabajador o por una enfermedad profesional con posibilidades de tener indemnización.
- No tener derecho a ninguna otra pensión excepto las de viudedad de las que puedan ser beneficiarios.
- En este caso no se va a considerar válida sólo la presencia de la afiliación al Régimen del Retiro Obrero, por lo que será necesario acreditar también 1800 días cotizados al SOVI antes del 1 de Enero de 1967.
¿Cuándo recibo la pensión por primera vez?
Se hace efectivo desde el día primero del mes siguiente a aquél en que tenga entrada la solicitud.
Pensión SOVI de viudedad
Existe la posibilidad de solicitar también una pensión de viudedad a aquellos cónyuges que sobrevivan a quien tiene derechos sobre la pensión de este sistema. En este caso se trata también de 14 mensualidades con un importe fijo de €404.80.
El Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez brinda también una pensión de viudedad a los cónyuges supervivientes, en el caso de que el causante de la prestación perteneciera a este sistema. Consta de 14 mensualidades de cuantía fija, que es de 404,80 euros, desde el 1 de enero de este año.
Los requisitos para esta pensión son los siguientes:
- Causante pensionista del SOVI con fallecimiento anterior a 1-1-67:
- Para el causante: haber fallecido a partir de 1-1-56.
- Para el solicitante:
- Tener cumplidos 65 años en la fecha del fallecimiento del causante o estar totalmente incapacitado para todo trabajo. No obstante, si en dicha fecha el solicitante no hubiera alcanzado la edad de 65 años, pero tuviera más de 50, conserva el derecho a que se le reconozca la pensión al cumplimiento de los 65 años.
- No tener derecho a una pensión de vejez o invalidez SOVI.
- Haber contraído matrimonio con el causante 10 años antes, como mínimo, del fallecimiento.
2. Causante pensionista del SOVI con fallecimiento posterior a 31-12-66:
Cuando el fallecimiento del pensionista es posterior a 1-1-67, al solicitante se le exigen idénticos requisitos que los establecidos para tener derecho a la pensión de viudedad.
3. Causante no pensionista del SOVI:
- Para el causante:
- Fallecimiento a partir de 1-1-56.
- Haber estado afiliado al Retiro Obrero Obligatorio o acreditar 1.800 días de cotización al SOVI antes de 1-1-67.
- Para el solicitante:Se exigen los mismos requisitos que los establecidos para el supuesto de causante pensionista fallecido con anterioridad al 1-1-67.
Si existe concurrencia con una pensión de viudedad, la suma de la pensión o pensiones de viudedad y la del SOVI no podrá ser superior al doble de la pensión mínima de viudedad correspondiente a beneficiarios con 65 o más años vigente en cada momento, en cómputo anual. De superarse el límite indicado, se minorará la cuantía de la pensión SOVI en el importe necesario.
¿Qué documentos necesito?
- Documento Nacional de Identidad del solicitante.
- Tarjeta de Identificación Fiscal del solicitante.
- Certificación del Acta de Defunción.
- Libro de Familia actualizado o, en su caso, certificado de matrimonio.
- Sólo si se encuentra en alguna de estas situaciones:
- Si hubiera más de un beneficiario llamado al disfrute de la pensión de viudedad, declaración de convivencia
- Si es separado/a o divorciado/a, sentencia de separación judicial o divorcio
- Formulario de solicitud
Solicitar el SOVI
Para iniciar la tramitación de las presiones del mes se deberá presentar la solicitud y documentaciones en los centros de atención de formación del INSS (en el caso de los trabajadores del mar se puede hacer en las direcciones provinciales o locales del ISM).
Una vez entregada la solicitud y tramitada, si es aceptada se pasará a cobrar al día siguiente el cumplimiento de los 65 años, si la edad ya ha sido rebasada se contará desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la solicitud.
La pension SOVI es compatible con la de viudedad de la Seguridad Social siempre que la viuda cotizara un numero de años previos al matrimonio y que, por la prohibicion del regimen franquista de trabajar las mujeres cadadas tuvo que abandonar. Fue un logro de Zapatero darles a estas viudas el derecho a cobrar esta pension, junto a la de viudedad.
( aunque por los maximos, recortan la pension de viudedad, aparte de las retenciones al IRPF ).