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Impuesto de Sociedades

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Uno de los impuestos directos que se aplican en España es el Impuesto sobre Sociedades. Este tributo recae sobre el beneficio que obtienen de su actividad las empresas (sociedades), es decir que se aplica sobre el beneficio neto (ingresos menos gastos).

Estan sujetos al Impuesto sobre Sociedades las residentes en territorio español que cumplan con los requisitos de que se hubiesen constituido conforme a las leyes del país, que tengan su domicilio en territorio español y que la sede de dirección efectiva se encuentre en España.

Por lo tanto, están sujetas a este impuesto:

Toda clase de entidades siempre que tengan personalidad jurídica propia , excepto las sociedades civiles. Se incluyen, entre otras:

  • Las sociedades mercantiles. Anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas, laborales, etc
  • Las sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.
  • La sociedades cooperativas y las sociedades agrarias de transformación.

Además las siguientes entidades carentes de personalidad jurídica propia:

  • Los fondos de inversión regulados en la Ley 35/2003
  • Las uniones temporales de empresas
  • Los fondos de capital –riesgo
  • Los fondos de pensiones
  • Los fondos de regulación del mercado hipotecario
  • Los fondos de titulización hipotecaria
  • Los fondos de titulización de activos
  • Los fondos de garantía de inversiones
  • Las comunidades de titulares de montes vecinales en mano común

El impuesto se aplica en todo el territorio español, a excepción de País Vasco y Navarra (disponen de autonomía fiscal que es del 28%) que comprende, además del territorio peninsular, Islas Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla y aplica un tipo del 30%.

Pymes y autónomos

En medio de la crisis que afecta a España, se ha decidido bajar en cinco puntos ( del 30% al 25%) del Impuesto de Sociedades durante tres ejercicios para autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes).

Los beneficiarios son las empresas con menos de 25 trabajadores, con unos ingresos inferiores a cinco millones de euros y que a 31 de diciembre de 2009 mantengan o incrementen su plantilla de 2008. También se aplicará a aquéllas que mantengan el empleo en 2010.

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