Subsidio desempleo

El subsidio por desempleo es una faceta de la seguridad social, la cual busca solventar la gravísima pérdida que es, la de quedar en paro, aunque sea temporal.

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Asimismo, el Estado otorga diferentes tipos de subsidios según la causa por la cual los trabajadores han quedado desocupados.

Entonces, podrán percibir el subsidio por desempleo los trabajadores que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Trabajadores que han agotado la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares

b) Trabajadores mayores de 45 años que han agotado prestación por desempleo de al menos 12 meses y no tengan responsabilidades familiares

c) Trabajadores emigrantes retornados

  • Duración: de 6 meses prorrogables hasta un máximo de 18 meses
  • Cuantía: el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI)

d) Trabajadores que no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva

  • Duración: será en función de los días cotizados y en base a si tiene o no carga de familia. Con carga de familia: 3, 4 o 5 meses si tiene cotizado un periodo de 3, 4 o 5 meses respectivamente y de hasta veintiún meses si ha cotizado un periodo de 6 meses o más. Sin carga de familia: será de 6 meses si tiene cotizados 6 o más meses.
  • Cuantía: el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI)

e) Liberados de prisión

  • Duración: de 6 meses prorrogables hasta un máximo de 18.
  • Cuantía: el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI)

f) Trabajadores que sean declarados plenamente incapaces o inválidos parciales

  • Duración: de 6 meses prorrogables hasta un máximo de 18 meses.
  • Cuantía: el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI)

g) Mayores de 52 años

  • Duración: hasta que el trabajador alcance la edad para jubilarse
  • Cuantía: el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI) vigente sin incluir en el cómputo las pagas extraordinarias.

En todos los casos, el cobro del 75% del SMI no poseerá las pagas extraordinarias.

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