Productos que mantienen el IVA superreducido al 4%

Sabiendo que sube el IVA y que la inflación se dispara uno se pregunta que productos y servicios suben y también cuales son los productos que mantienen el IVA superreducido 4%. Estará dificil para las familias españolas una vez más y será más que una cuesta de Enero, una cuesta de Septiembre y más empinada que nunca poder superarla.

La lista de los productos que mantienen el IVA superreducido al 4% son los siguientes:

Alimentos de primera necesitad:

Pan común
Harinas panificables
Leche natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, y esterilizada, UHT, evaporada y en polvo
Los quesos
Los huevos
Las frutas
Las verduras
Las hortalizas
Las legumbres
Los tubérculos y cereales, -de condición de productos naturales como indica el Código Alimentario-.

Medios y libros:

Libros
Periódicos y revistas -que no posean fundamentalmente publicidad-
Elementos complementarios que sean entregados conjuntamente.
Álbumes
Partituras
Mapas y cuadernos de dibujo

Con excepción de los artículos y aparatos electrónicos.

Medicamentos:

Los que sean para uso humano
Las sustancias medicinales
Formas galénicas
Productos intermedios que sirvan utilizados para su obtención.

Vehículos y Productos para personas minúsvalidas:

Todo vehículo para personas con movilidad reducida
Las sillas de ruedas para su uso exclusivo
Vehículos a motor que sirvan para desplazar a personas con minusvalía en sillas de ruedas o movilidad reducida.
Prótesis
Órtesis
Implantes internos para personas que sufran minusvalía.

Servicios de Vehículos:

Aquellos servicios de reparación de vehículos para personas con movilidad reducida y sillas de ruedas.
Servicios de adaptación de los autotaxis y autoturismos y de vehículos a motor, para personas con minusvalía.

Viviendas:
Solo las viviendas de protección oficial de régimen especial o las de promoción pública,siempre que sus entregas sean realizadas a partir de sus promotores.

Los garajes -hasta 2 unidades-
Anexos que estén dentro del mismo edificio.

Además de la vivienda, garajes con hasta 2 unidades
Anexos transmitidos junto a la vivienda.

Además a partir del 1 de Septiembre hasta el 31 de Diciembre de 2012 deberán tributar al 4%. Y desde el 1 de Enero de 2013 tributarán al 10%.

Arrendamientos:

En cuanto a la vivienda, los arrendamientos con opción a compra de viviendas de protección oficial de régimen especial o las de promoción pública.

Además de las plazas de garaje, hasta 2 unidades, y anexos en los que sean arrendados de manera conjunta

Servicios:

Tampoco los servicios de teleasistencia
Ayuda a domicilio
Centro de día y de noche
Atención residencial en plazas concertadas o precios de un concurso administrativo o por prestación económica cuando esta cubra más del 75% sobre el precio.

Imagen: http://blog.ebook-teca.com

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