Nuevo código de prácticas en ejecuciones hipotecarias

Se acerca a la práctica el nuevo código de buenas prácticas en las ejecuciones hipotecarias, tema que era urgente tomar algunas medidas, ya que así como aumentan los parados aumentan los hipotecados que no pueden afrontar los pagos de su hipoteca, en especial sucede con las familias que poseen a todos sus miembros en desempleo y que deben ver como se les embargada su vivienda por el impago de las cuotas de la hipoteca, pero con la actual modificación serán un colectivo de exclusión social entre las propuestas está la dación en pago.

Este nuevo código de buenas prácticas una iniciativa del Gobierno que busca que los bancos y cajas empiecen a aplicar lo que es la dación en pago pero para este tipo de familias con todos sus miembros en paro, esto quiere decir que deberán de aceptar el piso embargado como forma de cancelar la deuda de la hipoteca sin otro requisito.

La Moratoria en el Desahucio: En este caso las entidades deben darles un plazo o período de carencia de 2 años, lo que podrá extenderse para ciertas familias como es este caso.

Mientras que en lo que es la Subasta de vivienda: Se tratar de impulsar que se lleven adelante las ejecuciones extrajudiciales lo que permitirá que se pueda acceder online a las subastas de las viviendas que han sido embargadas, estas se podrán ser saldadas siempre tomando el precio más alto ofrecido con ello se reduce la deuda siendo una de las soluciones mas directas.

La ventaja para las familias son las recién expresadas, mientras que los bancos y cajas que apliquen este código de buena prácticas en ejecuciones hipotecarias podrán costear lo que llegue a depreciarse la vivienda desde que es tasada hipotecariamente hasta que sale a subasta pública como para que nadie pierda.

El Pago de interés: Una de las propuestas es la de reducir los intereses moratorios que recaen sobre las familias en exclusión. Se busca que cuando suceda una situación de embargo, cuando se deba pagar el capital de la hipoteca este debería ser proporcional a las cuotas que han sido pagadas.

Un de los últimos puntos es la Deducción fiscal: Este punto debería ser tomado mas en cuenta por las entidades para cumplir y aplicar el el nuevo código ya que les posibilitará hacer figurar como gasto fiscalmente deducible las pérdidas incurridas.

Mientras que desde Hacienda se plantea permitir la exención fiscal extra como impulso definitivo al plan antidesahucios, dicho plan antidesahucios tiene ventajas en ambas manos para las familias y para la banca que por ejemplo como incentivo podrán desgravarse los gastos que deban incurran para poder retrasar un embargo de la vivienda, pero ante las dudas que tienen desaparecerían si Hacienda permite la exención total más que parcial de impuestos que estén ligados a la dación en pago.

Cuando sea una dación en pago, que significa entregar el inmueble para poder cancelar la deuda con el banco conlleva el impuesto de transmisiones patrimoniales que les es aplicado el tipo impositivo del 7%; así el banco que pasa a tomar la vivienda en su stock, la banca desea que se reduzca el gravamen y podría reducirse o eliminarse.

Imagen: noticias.spainhouses.net

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