Buscar:

Tablas IRPF 2011

Las tablas de IRPF sirven para determinar las retenciones que se practicarán en la nómina. La mayoría de los trabajadores las busca a principios de año, pero es útil tenerlas en mente durante todo el ejercicio ante posibles cambios de trabajo o cambios en la situación familiar (matrimonio, hijos…). Desde aquí os desvelamos cómo interpretarlas.

En los primeros días del año resurge la preocupación por las retenciones de IRPF que la empresa debe practicar en la nómina de todos los trabajadores. Esto se debe a que es a comienzos del ejercicio cuando toca actualizar rentas y salarios y cuando suelen producirse variaciones en las tablas de IRPF,

En 2011 la crisis ha deparado interesantes novedades en la tabla de IRPF vigente. Y es que pasa de cuatro a seis tramos después de que se añadiesen dos que afectan directamente a las rentas más altas. La disposición actual de los tramos es la siguiente

Cómo interpretar la tabla

A quienes no estén familiarizados con temas fiscales y contables seguramente la tabla no les dirá gran cosa, pero lo primero que deben saber es que  los porcentajes no se aplican de forma directa sobre el salario. Si fuera así, estaríamos trabajando para pagar impuestos.

Estos porcentajes de retención se aplican sobre lo que se denomina base liquidable, que se obtiene restándole al salario algunas deducciones previstas por la ley. Estas se dividen en tres grupos que básicamente tienen en cuenta la situación personal de cada trabajador. Su distribución es la siguiente:

Por cada concepto deducible (hijos, cónyuge, etc.) hay un importe deducible y que por lo tanto no estará sujeto a las retenciones de IRPF.

Un caso práctico

En este enlace se puede acceder a un ejemplo práctico completo que aquí resumiremos. Debemos tener en cuenta que la primera tabla se refiere a la retención que se aplica a cada tramo de ingresos expresado en porcentaje. De esta forma, los ingresos hasta 5.050 euros no tienen ningún tipo de retención, los que se sitúan en la franja de 5.050 y 17.360 euros tributarán al 24% y así sucesivamente según lo que marca la tabla de tramos. La segunda tabla lo que hace es elevar las cantidaes que tributan al 0%.

Para una persona soltera y sin hijos que gane  20.000 euros el tipo general al 0% es de 5.050 euros. Esto hace que todas sus ganancias hasta 5.050 no paguen impuestos. Todavía restan 14950 euros, de los cuales 12.310 (el tramo que va entre 5.050 y 17.360) tributará al 24% y el resto, 2.640 euros al 37%.

En el caso de una persona con cónyuge y un hijo al cargo con el mismo salario el cálculo cambia de la siguiente forma. De los 20.000 euros, 14.774 tributarían al 0%, lo que deja  2.586 euros que tributan al 24% y los citados 2.640 euros que lo harán al 37%.

Para quienes quieran realizar un cálculo más exacto, pueden ingresar a la web de la Agencia Tributaria y pinchando aquí, cargar todos los datos (que no son muchos) que el programa de ayuda solicita, para obtener el importe que le deberían retener de su nómina.

Por otro lado, es importante destacar que a prinicipio de año debe informarse al empleador a través del Modelo 145 todas las deducciones que le corresponden, a fin que se calcule bien la retención de IRPF, ya que es obligación de la empresa hacer el cálculo correctamente y asumir las consecuencias en caso contrario. Conviene no perder de vista que las retenciones de IRPF serán las que determinen si tendremos que pagar o no en la declaración de la renta, ya en nos deduciremos sobre ellas y habrá que pagar cuando lo aportado a través de ellas no alcance en el IRPF.

Por eso, y por que a nadie la gusta pagar en el IRPF, aquí os dejamos una serie de consejos para reducir la factura fiscal:

  • Como pagar menos a Hacienda: planes de pensiones
  • Deducciones por uso del automóvil como autónomo
  • Exención por reinversión en vivienda y deducción en el IRPF
  • Como tributan las donaciones en la declaración de la renta
  • Deducciones actuales de IRPF
  • ¿Qué reformas desgravan en el IRPF?
  • Maternidad y declaración de la renta
  • Artículos relacionados

    17 Comentarios »

    RSS feed para los comentarios de esta entrada. TrackBack URI

    1. buenos dias,

      Trabajo en un agencia de viajes desde abril 2010, ahora en enero 2011 me ha subido el irpf de 2 % al 10 %, antes me quitaban unos 19 euros y ahora me quitan 100, que me parece muchisimo, queria saber si es normal esto ? Antes tenia contrato eventual y ahora tengo contrato indefinido desde el mes de octubre 2010.

      Un saludo,

      Comentario por gabriela — 1 de febrero de 2011 #

    2. Buenas noches, trabajo en dos sitios diferentes, uno es un ayuntamiento i me quitan el 2% de IRPF, tengo contrato eventual de 6 meses; en el otro sitio no me sacan el IRPF i tengo contrato fijo, cual seria el IRPF que me tendrian que sacar para que cuando haga la declaración no me pequen un buen sablazo…

      GRACIAS DE ANTEMANO!

      Comentario por IRIS — 1 de febrero de 2011 #

    3. duenos dias el año pasado no me descontaban el irpf x mi cituacion y aora me descuenta un 4.88 soy madre soltera y tengo una hija

      Comentario por daniela — 5 de febrero de 2011 #

    4. por favor ,,que alguien me explique…yo trabajo en un hotel,y gano 1.061 euros mensuales,tengo contrato desde mayo del 2010 y me descontaban el 2% de mi sueldo,y desde enero de este año me ha subido al 11%..nadie me explica nada,y el gestor de la empresa solo se limita a decir q todo es legal

      Comentario por gerardo — 14 de febrero de 2011 #

    5. jotos

      Comentario por omar — 18 de marzo de 2011 #

    6. buenas noches yo trabajo en una empresa de venta por catalogo ago mis pedidos pero eso no se declara en ningun sitio es algo personal pero ademas apunto gente para ke venda y de lo ke ellas venden si ke llevo una comision y eso si se declara estoy un poco perdida en lo ke eso me va a afectar a la hora de hacer la declaracion me gustaria que me informaran un poco sobre este tema .
      Gracias de antemano

      Comentario por rosi molina medina — 24 de mayo de 2011 #

    7. Hola,llevo 2 años trabajando en la empresa y,no me
      quitan i.r.p.f.Soy madre soltera y con un hijo discapacitado.Quisiera saber,si,no,estan obligados ha retenerme,aunque solo sea el minimo.Gracias,un saludo

      Comentario por Azucena — 7 de agosto de 2011 #

    8. [...] Y es que el IVA se aplica sobre el consumo y no sobre las personas como por ejemplo sí hace el IRPF. En este sentido el IVA tiene un carácter poco equitativo al gravar de igual forma a todos los ciudadanos, independientemente de su poder adquisitivo ya que se paga igual y en la misma cuantía tanto por ricos como por mileuristas. Precisamente por esto se dice también el IVA es un impuesto regresivo, ya que al ser igual para todos lo sufren más quienes menos ingresos tiene. Como contrapunto, la declaración de la renta tendría un carácter progresivo, ya que el tipo al que se tributa aumenta conforme lo hace el poder adquisitivo de la persona (ver tablas de IRPF). [...]

      Pingback por Especial nuevo IVA — 29 de agosto de 2011 #

    9. [...] Las tablas de IRPF [...]

      Pingback por IRPF 2010/2011: calcular las retenciones en la nómina — 31 de agosto de 2011 #

    10. [...] nuevos tramos para las rentas más altas, que ahora deberán pagar más impuestos. De esta forma la tabla de IRPF queda de la siguiente [...]

      Pingback por Renta 2011 — 31 de agosto de 2011 #

    11. [...] la renta. Tal y como figura en los los Presupuestos Generales del Estado 2011 el Gobierno creó dos nuevos tramos de IRPF para aumentar la presión fiscal presión fiscal sobre las rentas más altas en lo que en su [...]

      Pingback por Subida de IRPF 2011 — 31 de agosto de 2011 #

    12. [...] las retenciones que se practican en la nómina y las tablas de IRPF es fundamental para poder hacer una correcta planificación fiscal. Desde aquí os explicamos la [...]

      Pingback por Las retenciones de IRPF — 2 de septiembre de 2011 #

    13. [...] Las tablas de IRPF [...]

      Pingback por Diferencias entre mileuristas y ricos a efectos fiscales — 6 de septiembre de 2011 #

    14. [...] Recordemos el hecho de que los intereses bancarios de los depósitos se encuentran gravados por el IRPF 2011, por lo que al total generado se le tendrá que restar el efecto fiscal. Considerando que nos [...]

      Pingback por Depósito Creciente 5 CAM al 5% (aunque no sea un 5%) | economiaToday — 21 de septiembre de 2011 #

    15. [...] la ganancia que obtendría sería de 120 euros. Todos estos numeros son pasibles de la cobranza del IRPF 2011, pero vamos a mantener el impuesto al [...]

      Pingback por Promocion por compra o traspaso de Valores Banco Madrid | Todo Fondos de Inversion .com — 21 de septiembre de 2011 #

    16. [...] consideración de rendimientos del capital mobiliario, y están sometidos a retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al tipo del 19 por [...]

      Pingback por Depósito Creciente Banco de Valencia al 4,49% TAE | economiaToday — 26 de septiembre de 2011 #

    17. [...] consideración de rendimientos del capital mobiliario, y están sometidos a retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al tipo del 19 por [...]

      Pingback por Depósito Creciente de Banco Pastor al 4,26% TAE | economiaToday — 26 de septiembre de 2011 #

    Dejar un comentario

    XHTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>

    Este blog funciona gracias a WordPress | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

    Red de Blogs Financieros | Bolsa | Economia | Productos Financieros