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Ley de reunificación de deudas en entidades no financieras

Parece que los consumidores contarán con mayor protección, luego de que el Congreso haya dado el visto bueno a la Ley que regula los servicios de crédito de entidades no financieras.

De esta forma, se amplía la protección de los consumidores ante la reunificación de deudas y la contratación de créditos hipotecarios con este tipo de entidades.

A partir de esta iniciativa, se han incorporado dos modificaciones para este tipo de entidades:

  • Presentación de las cuentas anuales auditadas al Ministerio de Sanidad y Consumo.
  • Obligación de constituirse en establecimientos financieros de crédito siempre que su cifra anual de negocio supere los quince millones de euros y operen en más de una comunidad autónoma.

Estas dos enmiendas que se incorporan al texto incrementarán las garantías y la protección de los consumidores, ya que permitirán conocer información, transparencia y seguridad a este tipo de actividades.

El texto aprobado por el Senado sostiene que los consumidores dispondrán de la información precontractual al menos 15 días antes de la firma y deberá especificar las principales características de los contratos como  el coste total que debe pagar el consumidor, incluidas comisiones, cargas y gastos.

La transparencia de precios implica que no se podrán cargar cantidades superiores a las que se deriven de las tarifas explicitadas.

Esta información se publicará en páginas web y en un tablón de anuncios en los establecimientos abiertos al público, por lo que la identidad de los tasadores y sus tarifas serán públicas, por lo que existirá un registro de empresas, que deberán contratar, con una entidad autorizada, un seguro de responsabilidad civil u otra garantía financiera.

La normativa prevé específicamente el derecho a desistimiento en los contratos de intermediación en los 14 días siguientes a la formalización del contrato, sin alegación de causa alguna y sin penalización, y se incluye un régimen de infracciones y sanciones, al tiempo que se habilita la resolución extrajudicial de conflictos.

Entre las novedades, podemos destacar:

  • Intensificación de las obligaciones de transparencia de las entidades dedicadas profesionalmente a esta actividad
  • Establecimiento de los requisitos de los contratos y el incremento de las garantías, 
  • Fijación de las actuaciones en casos de incumplimientos
  • Establecimiento de mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos.

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  1. [...] que realizan la reunificacion de deudas con absoluta transparencia, pero la proliferación de entidades que ofrecen reunificar nos obliga a ser precavidos. Antes de reunificar deudas, tenemos que analizar todos los aspectos de [...]

    Pingback por Reunificacion de deudas — 22 de septiembre de 2009 #

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