La cesación de pagos, más conocida como suspensión de pagos, es una situación concursal donde una persona física o jurídica se halla en un estado tal de endeudamiento donde no puede hacer frente a la totalidad de las obligaciones que tiene con sus acreedores. Esto puede ocurrir por falta de liquidez o dinero en efectivo.
El procedimiento tiene como fin alcanzar un acuerdo entre el deudor y el/los acreedor/es; siempre bajo una custodia y supervisión judicial, para encarar un proyecto de pago de deuda.
Diferencias entre suspensión de pagos y quiebra
Debemos tener en cuenta que suspensión de pagos, es muy diferente a quiebra. Esta última supone que la persona física o jurídica no puede hacer frente a sus deudas bajo ningún concepto, y que por tanto si pasivo exigible es mucho mayor que su activo. La cesación de pagos se diferencia con la quiebra en que el deudor posee activos suficientes para pagar deudas. Sin embargo, éstos no son lo suficientemente líquidos.
En estos casos, se da como ejemplo, la tenencia de inmuebles o activos fijos por un valor superior a sus deudas. Lógicamente, al vencimiento de las deudas, no podrá pagar con efectivo dichas sumas, ya que para poder convertirlas en dinero líquido necesitaría más tiempo. A consecuencia de esto es que se dice que la suspensión o cesación de pagos es una situación temporal. Recordemos que la quiebra era definitiva.
En concreto, y de forma frecuente, la suspensión de pagos se produce cuando en una actividad rentable existe un falta de dinero líquido. Claro ejemplo son, los accidentes o siniestros que generan una erogación extraordinaria. El objetivo de la suspensión de pagos, es llegar a un acuerdo, por parte del deudor y el acreedor, en la que se negocien nuevas formas de pago, o se amplíe el tiempo para pagar dicha deuda.
No debemos olvidar, que para poder estar en situación de suspensión de pagos, hay que demostrar que a pesar de no poder pagar ahora nuestras deudas, sí podremos hacerlo en el futuro.
¿Cuál es la manera de salir de la suspensión de pagos?
Luego del procedimiento judicial, tiene dos vías para solucionarse:
- Liquidación de activos de la sociedad.
- Acuerdos con los acreedores y proveedores: es reducir los créditos o atrasar los vencimientos. Es la mejor situación para la empresa.
Cabe aclarar que, en España, esta situación se regula en el Derecho concursal, que define para la tramitación de esta figura, los pasos a seguir de la quita y espera y luego, la quiebra. La suspensión de pagos es un proceso legal que comienza cuando una empresa o empresario autónomo entra en una situación de insolvencia con una imposibilidad de afrontar los pagos.
Esta ley, permite a las empresas evitar males mayores, y facilita las negociaciones con los acreedores, permitiendo una negociación, que permita salir adelanta a la empresa. Otorga ventajas a la empresa, protegiéndola de una quiebra inminente. Sí es cierto, que en algunas ocasiones acaban en quiebre igualmente.
¿En qué consiste la Ley Concursal?
Hay que tener en cuenta algo en la Ley Concursal y es que ‘prima’ a quien solicita el concurso, es decir que tiene más ventajas frente al otro. Pero, un proveedor o cliente que se convierte en acreedor de una empresa puede solicitar la apertura del procedimiento en el juzgado, que se conoce como concurso necesario, dando así aviso a las autoridades de la falta de liquidez de una determinada empresa.
Estas ventajas pueden ser la prioridad a la hora de cobrar las deudas, y el no pagar el coste del proceso de concurso. Cuando la empresa en suspensión de pagos, es la que solicita el concurso, puede seguir gestionando su empresa, pero si es un concurso necesario, la administración será la que lo gestione.
El que antes intente poner remedio, mayores ventajas tendrá a la hora de solucionarlo. Una de las principales causas por las que as empresas terminan quebrando, es por no llegar a un acuerdo con los proveedores y clientes. Estos últimos años, en España, se han incrementado estas situaciones, y en general han llegado a la quiebra por no ponerse de acuerdo.