Turismo sanitario

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El turismo sanitario es un tema delicado en cuanto a sus normativas y tratamiento sobre el tema y España ha bloqueado una nueva norma comunitaria que tiene como finalidad el de reforzar los derechos de los pacientes que viajan para poder recibir tratamientos en otro Estado miembro, en ciertos casos para saltarse una lista de espera.

Si bien hubo una minoría de bloqueo que hizo imposible que se llegara a dicho acuerdo, más allá de que la presidencia presentó dos nuevas propuestas de compromiso, como lo han señalado desde la presidencia sueca de la UE. Dicha minoría se encontraba conformada por España, Portugal, Rumania, Grecia, Polonia, Lituania y Eslovaquia.

La ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, señaló que la directiva no garantiza una debida atención de buena calidad y le supondría un coste adicional para la sanidad española de 2.000 millones de euros anuales. Durante el primer semestre de 2010 la presidencia española le tocará tratar de llegar a un acuerdo sobre la directiva de servicios sanitarios.

Esta directiva establece que los ciudadanos europeos no requieren de una autorización de su país de origen para poder recurrir al ‘turismo sanitario’ y es por ello que tienen derecho a que se les reembolse el coste del tratamiento al volver a su país de origen.

Mientras que, en el caso de tratamientos hospitalarios y que sean altamente especializados, en este tipo de casos se les permitirá a los Estados miembros crear un sistema de autorización previa para sus ciudadanos que requieran de ir a otro país de la UE. Aunque, deberán justificar que, sin esta restricción, podría haber riesgos para el funcionamiento de su sistema sanitario.

Dentro de los puntos que objeta España, se encuentran los que se refieren a que el compromiso presentado por la presidencia sueca, de lograrse el acuerdo, esto obligaría a la sanidad pública española a pagar el tratamiento del paciente español que decida acudir a un hospital privado de otro país de la UE. Así como señala en contra de esta decisión el Gobierno español que si el mismo ciudadano acude a un hospital privado en España no se le reembolsarían los costes.

Otro de los puntos que objeta España es el referido a la definición del Estado miembro de afiliación, en cuanto a los pensionistas. Ya que los países nórdicos y la presidencia piensan que el Estado miembro de afiliación debe ser el de residencia del ciudadano. Mientras que, los países del sur estiman que el Estado de afiliación debe ser en donde el pensionista ha contribuido a la seguridad social.

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