Publicado por Jose Trecet - 08/07/08 a las 06:07:45 pm

Contar con una cuenta bancaria se ha convertido casi en una obligación hoy en día simplemente para afrontar el pago de la mayoría de facturas y para poder cobrar nuestro sueldo. Muchas veces sin ni siquiera saberlo hemos pasado a domiciliar la nómina en el banco donde nos hacen el ingreso.
Es cierto que en estos casos no hay ningún tipo de compromiso de permanencia con la entidad, pero tampoco ningún beneficio.
La mayoría de las cuentas corrientes y de ahorro de los españoles no remuneración alguna (0,1% de media) y sin embargo sí cobran por el mantenimiento (hasta un euro al mes). La crisis del crédito no ha variado en exceso la situación aunque sí ha obligado a as entidades financieras a ‘salir’ de caza en busca de clientes y no hay nada más apetitoso que sus ingresos mensuales para abrir boca. La domiciliación de nómina se ha convertido en una de las prioridades de bancos ante la falta de liquidez en el mercado de crédito.
En esta guerra por el pasivo todo vale para atraer al cliente y domiciliar su nómina. Las ofertas son de lo más variada y en la mayoría de los casos incluyen algún tipo de periodo de permanencia. En el fondo la estrategia es conseguir que el usuario entre y se quede en el banco durante un tiempo. Así, además de probar las bondades de su servicio, se puede tantear sus necesidades crediticias o de inversión e incluso puede que sea él mismo quien se acerque con esas necesidades.
Depósitos de alta remuneración a un mes con rentabilidades de hasta el 11% TAE incluso por periodos más largos (Openbank ofrece el Depósito Premium al 6% TAE) pasan por ser la oferta habitual de bienvenida. En estos casos no siempre es necesario domiciliar la nómina. De todas formas, son sólo la punta de lanza. Bancos y cajas disponen de una batería de productos financieros exclusivos para sus nuevos clientes o aquellos que domicilien su nómina. Las cuentas remuneradas son habituales, pero últimamente están de moda otras que bien devuelven parte de los principales recibos (ING Direct, iBanesto o Banco Pastor).
Pero sin duda lo más recurrente son los regalos. De hecho es difícil encontrar una entidad que en el último año no haya ofrecido ningún tipo de pago en especia por la nómina de sus clientes. Los hay de todo tipo, desde viajes (BBVA y Caixa Geral) hasta aparatos tecnológicos (Banesto, Barclays o Caixa Galcia). Incluso hay quienes pagan en metálico a los que traigan su ‘sueldo’ al banco. Caja Durero ofrece 100 euros y Caja Madrid sortea 30.000 euros diarios entre quienes ya han domiciliado su nómina.
Las campañas de las entidades financieras se están volviendo cada vez más agresivas y la lucha por el robo de clientes, al más puro estilo teleoperadoras, promete ser encarnizada.
Fecha de publicacion: julio 8, 2008
Categorias: Ahorro, Cuentas bancarias, General
Tags: Banco, Banco Pastor, Banesto, Bank, Barclays, BBVA, CAI, Caixa, Caja, Caja Madrid, CAM, crediticia, Cuentas Corrientes, Depósito, embargo, entidades financieras, Españoles, estrategia, euro, Financieros, hipoteca, Hipotecas, iBanesto, ICO, ine, ING, ING Direct, ingreso, Inversion, liquidez, madrid, nómina, obligación, openbank, pago, productos financieros, recibos, remuneración, remunerada, Renta, rentabilidad, TAE
Publicado por Matias Torres - 11/01/08 a las 05:01:42 pm

Parece que nadie se salva de pagar con euros por hacer lo incorrecto, es decir por salirse de la norma, ese es el lema que parece tener el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Y todo indica que este puede ser el principio de una lista que tiende a engrosarse con el paso del tiempo.
Luego de multar a las otras “grandes” del sector, Madrid impuso una sanción económica de 960.319 euros a Orange por practicar el redondeo al alza de precios en 2005, lo que supone una “infracción muy grave” de la Ley de Protección de los Consumidores regional.
De esta manera, Orange se convierte en la tercera compañía de telefonía móvil en recibir un castigo económico. El Gobierno de Esperanza Aguirre ya lo había hecho por esta misma causa con MoviStar y Vodafone con 2,9 y 1,4 millones de euros, respectivamente.
Las causas
Según el expediente abierto, las compañías hasta el 31 de diciembre de 2005, facturaron a los clientes tiempo de conversación no consumido. Concretamente, en la mayoría de sus ofertas cobraban a los consumidores el primer minuto completo y, a partir de éste, en tramos de 30 segundos, con independencia del tiempo real de utilización del servicio.
Las respuestas empresariales
Las tres operadoras han manifestado que recurrirán la sanción por considerar que sus tarifas se ajustaban a la ley.
Las compañías sostienen que en 2005 no estaba establecida la obligación de contabilizar las llamadas por segundos.
Via: elpais.com
Fecha de publicacion: enero 11, 2008
Categorias: Empresas
Tags: compañía, Comunidad, comunidad de madrid, consumidores, Eco, Económica, económico, euro, ICO, ine, Ley, madrid, obligación, Precios
Publicado por Pablo - 26/03/06 a las 12:03:45 pm
El Consejo de Ministros aprobó este viernes la remisión al Parlamento del proyecto de ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios. El texto incorpora, entre otras medidas, el derecho a darse de baja de los contratos suscritos con prestadores de servicios ‘con las mismas facilidades con las que se dan de alta’, no como ocurre ahora en muchas empresas de telefonía, según denuncian las asociaciones de consumidores.
La nueva norma exige a las empresas prestatarias de los servicios que informen sobre el derecho del usuario a darse de baja y sobre el procedimiento a seguir. El incumplimiento de esta obligación se tipifica como infracción. Además, pasan a considerarse cláusulas abusivas las trabas al ejercicio de ese derecho o la imposición de requisitos injustificados, como la pérdida de cantidades abonadas por adelantado.
El proyecto de ley prohíbe expresamente también los redondeos al alza, en general, en cualquier prestación de servicios. El texto refuerza también la protección del consumidor en la compra de una vivienda. Entre otros asuntos, se prohíbe penalizar al comprador que no se subrogue al crédito hipotecario del promotor. El vendedor tampoco podrá trasladar al comprador los impuestos que le corresponden, como, por ejemplo, los derivados de plusvalías.
Del mismo modo, también se considera abusiva la imposición al comprador de los gastos de las conexiones a los suministros generales de la vivienda, tales como el enganche del suministro de agua, gas o alcantarillado. Las comunidades autónomas y los municipios podrán solicitar el cese de prácticas contrarias a la ley.
(Cinco días)
Fecha de publicacion: marzo 26, 2006
Categorias: Cuentas bancarias, General, Hipotecas, Informacion, Prestamos
Tags: agua, Comunidad, consumidores, contrato, crédito hipotecario, ejercicio, Empresas, hipoteca, hipotecario, Impuesto, Impuestos, informe, Ley, obligación, prestación, Servicios, Vivienda