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Publicado por Nicolas Rombiola - 01/04/10 a las 10:04:18 pm

Actualmente, las pymes españolas hallan grandes dificultades para los pagos a hacienda o a la Agencia Tributaria. Esto se debe a que este tipo de empresas ve mermado y limitado su acceso al crédito y a la financiación, en consecuencia deben suspender o aplazar el pago a hacienda.
Pese a estos problemas, les resulta menos beneficioso los intereses que cobra Hacienda por este trámite, antes que solicitar un préstamo bancarios. No obstante eso, las pymes no se financian porque los bancos no aprueban los créditos y no por falta de consciencia.
Ante esta problemática que afecta día a día a las pequeñas y medianas, las compañías se ven habilitadas para pedir un aplazamiento de la deuda tributaria o de la Seguridad Social en cualquier momento. No obstante, para solicitar un aplazamiento, es recomendable hacerlo durante el periodo voluntario, dado que Hacienda paraliza cualquier acción forzosa de cobro de deuda. Con esto queremos aclarar que, no se podrá solicitar cuando Hacienda ya hayan notificado a la empresa deudora.
Deudas aplazables
Normalmente se estila posponer deudas con Hacienda tales como las correspondientes al IVA y el impuesto de sociedades. Adicionalmente, se puede aplazar las retenciones de IRPF, con sus respectivos requisitos.
En algunos casos, Hacienda solicita un aval para aplazar las deudas, pero no ocurrirá si la deuda tributaria no sobrepasa los 6.000 euros.
Procedimiento para solicitar el aplazamiento
- Presentar documentación justificativa de la necesidad de aplazamiento
- Proponer aplazamiento
- Proponer plazos de amortización
- Acompañar la solicitud del correspondiente aval o garantía, en caso de corresponder
Luego de realizar la solicitud, la Administración comprueba que la empresa presenta problemas reales de Tesorería, y se comprueba que la misma no tenga deudas previas y además, capacidad de pago futura
Publicado por Nicolas Rombiola - 09/01/10 a las 02:01:35 am

La Administración Tributaria estará informada de cualquier pago o cobro superior a 3.000 euros realizado a través de entidades bancarias o de crédito en busca de “aumentar la eficacia de la lucha contra el fraude fiscal”.
El Real Decreto acentúa en realizar un control más ágil sobre las disposiciones, pagos y cobros que se efectúen en metálico cuando superen los 3.000 euros. Asimismo, para las operaciones de bienes inmuebles, los notarios deberán identificar la forma de pago utilizada.
Por otra parte, el decreto introduce un nuevo artículo para adaptar a la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Si nos paramos del lado de las sociedades, se excluye a las entidades de soportar o practicar el Impuesto sobre Sociedades en relación con las rentas derivadas de los préstamos otorgados.
Por último, el Real Decreto establece que la Comisión Nacional de la Energía deberá expedir facturas por las primas equivalentes, las primas, los incentivos y los complementos de los productores de electricidad que se encuentren en el régimen especial.
Fecha de publicacion: enero 9, 2010
Categorias: Economía, España, Informacion, Instituciones, Politica
Tags: decreto, Economía, España, Instituciones, Ministerio de Hacienda, ministro de economía
Publicado por Lorena Ratto - 30/10/09 a las 08:10:08 am

Según ha denunciado el colectivo de técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda (Gestha), unos 71.156 millones de euros es la cifra que el fraude ha generado en el IVA entre 2000 y 2008,a partir de las tasas de crecimiento económico que se registraron en dichos años cuando había una bonanza económica.
El estudio denominado ‘Recaudación de Ingresos Tributarios en un contexto de crisis’ que fue realizado por Gestha, de dicha cifra Hacienda podría aún recaudar 42.139 millones, correspondientes al IVA no prescrito de los últimos 4 años.
Este estudio, se encarga de analizar la evolución en paralelo del PIB y de la recaudación impositiva por IVA en los últimos 8 años, y refleja que los ingresos por dicho IVA se ubicaron en 2008 a niveles de hace una década, esto contrasta con la situación de dinamismo económico que se vivió en la economía en España en ese periodo, con un crecimiento acumulado del PIB del 64%.
Según señalan los técnicos, dicha desviación entre lo que es la recaudación real y la recaudación que se estima se debe al aumento de la economía sumergida, y de la economía declarada ante Hacienda de manera “parcial” o “inexacta”, con lo que se termina cometiendo fraudes fiscales por medio de ocultación de las ventas, emisión de facturas falsas o incluso la utilización de los gastos particulares para deducir IVA, ya que no son deducibles legalmente.
Asimismo, este informe señala que la evasión fiscal precisamente se eleva en épocas como esta de crisis, lo que se refleja en que el fraude creciera de forma consistente en el periodo anterior al 2000 y que se ha acelerado desde 2008, conforme la recesión de la economía española se fue acentuando.
Un informe de recaudación de la Agencia Tributaria refleja que los ingresos por IVA se han desplomado hasta un 38,4% hasta el mes de Agosto, ubicándose en 18.810 millones de euros, esto significa solo un 35,19% de los 53.445 millones de euros que se habían previsto en el presupuesto de ingresos para 2009.
Fecha de publicacion: octubre 30, 2009
Categorias: Credito, Economía, España, IVA, Impuestos, PIB, evasión fiscal
Tags: Agencia Tributaria, Economía, España, evasión fiscal, gestha, IVA, Ministerio de Hacienda, PIB, recaudación impositiva, Recaudación Ingresos Tributarios