Publicado por Nicolas Rombiola - 10/01/10 a las 10:01:21 pm

Con su cumpleaños número 200, la firma automovilística, Peugeot, buscará renovar su imagen de marca para el año 2010. Asimismo, estableció convertirse para el año 2015 en desde la fundación de la empresa, y se ha establecido el objetivo de alcanzar en 2015 el séptimo lugar de las marcas más vendidas (actualmente se encuentra décima).
Para ello, Peugeot ha lanzado un nuevo lema asociado a la marca, MOtiOn & EmOtiOn que utilizará a partir de ahora en todas las acciones de la firma.
Peugeot con sus 10.000 concesionarios en todo el mundo se adaptara a esta nueva imagen antes de finales de 2012. Y prevé nuevos modelos, entre ellos, se adjudicará como el primogénito de la nueva imagen, el RCZ durante este año.
Por su parte, la firma automovilística tiene planeado lanzar 14 modelos hasta 2012, teniendo en cuenta las energías alternativas y los modelos clásicos.
Detalles de la nueva imagen de la compañía:
Desafío medioambiental: este año, Peugeot lanzará un vehículo eléctrico, el iOn. Para el año próximo, estamos en vista del Peugeot 3008 con una tecnología híbrida diesel, llamada Hybrid4. Y por último, en 2012, saldrá un vehículo recargable de la tecnología mencionada.
Nueva movilidad: vehículos comerciales, scooters y bicicletas. El servicio Mu by Peugeot busca ampliar y conservar su posición en el mercado
Los nuevos vehículos incluyen además, el SR1 Roadster Concept definido como un “roadstar Gran Turismo”. Posee una capacidad para tres pasajeros (2+1); es un vehículo híbrido con un motor gasolina 1.6 de 218 CV y uno eléctrico de 95 CV.
Fecha de publicacion: enero 10, 2010
Categorias: Automóviles, Empresas, Energia renovable, Informacion
Tags: 2000, 2010, 2012, 2015, Acciones, AT, CAN, CE, CES, coches, concesionarios, Empresa, energía, euro, Euros, ICO, IE, IVA, Marca, nuevos, número, ONG, OS, Peugeot, Plan, ref, SO, tic, UE, Venta, ventas
Publicado por Matias Torres - 05/01/10 a las 04:01:04 pm

El Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA) en España cerró 2009 en positivo al situarse en el 0,9%. Esta cifra supone una subida de medio punto porcentual en su tasa anual frente al 0,4% del mes de noviembre.
Según los datos adelantados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el indicador de inflación adelantado se sitúa en su mínimo histórico a cierre de 2009 desde el inicio de la serie, en 1997, y si se confirma el dato, el IPC registrará su menor crecimiento interanual en un mes de diciembre desde 1962.
De esta forma, el IPCA anota su segundo mes de crecimiento consecutivo tras una senda de ocho meses de descensos, que había entrado por primera vez en negativo el pasado mes de marzo y que alcanzó su mínimo histórico en julio, con una tasa del -1,4%.
Sin embargo, desde el mes de agosto, el indicador moderó su caída por debajo del 1% y en octubre se situó en el -0,7%.
El Gobierno ha descartado en todo momento un proceso de deflación y ha mantenido que el índice de precios cerraría el año con tasas positivas.
Fecha de publicacion: enero 5, 2010
Categorias: Inflación, Precios
Tags: 2009, agosto, Ahorro, Ahorros, Ajo, alimentos, AT, Banco, Banco Central, BCE, caída, Caja, Cajas, cajas de ahorro, CAM, CAN, CE, CER, cierre, consumo, crecimiento, dato, deflación, descenso, diciembre, Eco, Economía, energético, energía, España, Estadística, Estado, Estados, Estados Unidos, euro, Euros, Eurostat, Formación, Funcas, Gobierno, ICO, IE, incremento, indicador, Índice de precios, ine, Inflación, Instituto, instituto nacional, instituto nacional de estadística, IP, ipc, IPCA, IVA, julio, Mac, marzo, Nacional, noviembre, octubre, Ono, OS, pasado, PC, per, petróleo, piso, precio, Precios, previsiones, primer, SO, subida, tasa, tic, Tiempo, tos, UE, Unión Europea
Publicado por Lorena Ratto - 18/12/09 a las 11:12:54 am

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha decidido actualizar el Código Unificado una medida para poder incorporar las recomendaciones de la Comisión Europea respecto a las remuneraciones a los consejeros. De esta manera propondrá que los pagos variables estén predeterminados, medibles y vinculados a objetivos.
En cuanto al Código Unificado de buen gobierno, se reforzará sus recomendaciones 36, 39, 40, 54 y 57. Dichas recomendaciones tratan de forma directa o indirectamente a la retribución de los consejeros de las sociedades cotizadas.
La próxima modificación se realizará con la finalidad de incorporar la recomendación respecto a ese tema que emitió la Comisión Europea. Es así que la CNMV realizó su propuesta de actualización del código, la cual será sometida a consulta pública teniendo como fecha límite para ello hasta el 17 de Febrero.
De esta manera el nuevo documento hace la recomendación respecto a que las remuneraciones variables que estén ligadas al rendimiento de la sociedad y basadas en la entrega de acciones de la sociedad, de opciones sobre acciones o demás instrumentos que se basen en el valor de la acción se circunscriban, en principio, sólo a los consejeros ejecutivos. Recomienda que la propiedad de las acciones no se efectivice hasta que hayan pasado por lo menos 3 años.
Desde la CNMV señalan que dicho periodo es tomado como un plazo medio-largo por los mercados financieros. De esta manera, la remuneración variable estará sujeta a criterios de rendimiento los cuales deberán estar ya establecidos y sean medibles.
A todo esto, si se aprueba la correspondiente modificación propuesta por la CNMV, se recomendará que los consejeros de las sociedades cotizadas retengan hasta que finalicen su mandato un cierto número de acciones, las que equivaldrían a dos veces el valor de la remuneración anual total.
Una de las novedades se da en cuanto a la sugerencia respecto a que las empresas puedan reclamar el reembolso de los pagos variables ante el caso de que no se haya producido el rendimiento esperado.
También, habrá una incorporación al código, sobre la recomendación de que los pagos por rescisión de contrato no lleguen a superar en su importe equivalente a dos años de la remuneración fija anual. Respecto a indemnizaciones, se propone que dichas remuneraciones sean abonadas cuando la rescisión del contrato sea ocasionada por un rendimiento inadecuado.
Fecha de publicacion: diciembre 18, 2009
Categorias: Acciones, Bolsa, Bolsa, Bolsa Española, Informacion
Tags: Acciones, Bolsa, Bolsa Española, CE, CNMV, Código Unificado, Comision Europea, Economía, ibex, Informacion, Politica, remunración consejeros