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Publicado por Matias Torres - 06/11/09 a las 09:11:50 pm
La crisis y la necesidad de racaudar más para afrontar el gasto público ha llevado al Ayuntamiento de Madrid, en contra del deseo de la ciudadanía, ha pagar más por la nueva Tasa de Basuras.
Para que los habitantes de la ciudad de Madrid puedan calcular la Tasa de Basuras, el Ayuntamiento ha lanzado un simulador de la cuota de la tasa. Allí deberán introducir datos como el uso del inmueble y su valor catastral. De esta forma, el Consistorio le informará la media a pagar por la vivienda.
¿Cómo se calcula la Tasa de Basuras Madrid?
En esta oportunidad para las familias, se pagará en función del valor de la vivienda, mientras que las empresas lo harán según cuántos residuos generen.
Por su parte, en 2010, la tasa podrá reducirse en un 5% en caso de optar por el sistema de fraccionamiento, por el que se paga el 65% del total antes del 30 de junio y el resto, antes del 30 de noviembre.
¿Existen exenciones?
Los contribuyentes con ingresos reducidos, ponderados en función del IPREM, tendrán exenciones en función de su nivel adquisitivo.
Para poder acceder a estos beneficios, se deberán solicitar antes del 30 de abril de cada año y serán válidos durante tres ejercicios.
También estarán libres de pago las empresas con un sistema de recogida propio autorizado por la Comunidad de Madrid.
Formas de pago de la tasa de basuras
Los habitantes de la capital española que reciban las notificaciones en la primera quincena del mes tendrán de plazo para pagar hasta el día 20 del mes siguiente.
Por su parte, los que lo hagan en la segunda quincena podrán abonar la tasa hasta el día 5 del mes posterior.
El pago se podrá realizar por los bancos colaboradores, por la web del Ayuntamiento de Madrid con tarjeta de crédito, banca electrónica o certificado digital y por banca telefónica.
Publicado por Matias Torres - 08/10/09 a las 08:10:43 pm

Los madrileños celebrarán esta noticia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el ‘multazo’, una polémica Ordenanza Municipal por la que el Ayuntamiento madrileño incrementó en más de un 50% el importe de las sanciones de circulación.
Por aquellos días, la indignación de los madrileños explotó cuando algunos casos habían triplicado el importe. Por lo tanto, el documento afirma que se vulnera el principio de legalidad ya que las sanciones impuestas superaban cuantitativamente el importe previsto en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, y en especial, algunas sanciones, vulneraban también la ley y el principio de proporcionalidad.
Según el director ejecutivo de DVuelta, Germán Rodríguez, “El cuadro de sanciones, ahora anulado, establecía por decreto el importe fijo que debía establecerse en cada tipo de sanción sin tener en cuenta las concretas circunstancias de cada caso, es decir, en contra de lo que establece la Ley de Tráfico”.
Uno de los casos “abusivos” de la ordenanza municipal fue el aumento de 90 a 300 euros en la de estacionar en doble fila sin conductor, una de las infracciones más denunciadas.
¿Qué hacer ahora?
Con esta anulación las multas que se encuentran en trámite podrán ser recurridas con un fundamento jurídico de primer orden: la anulación de la ordenanza decretada por sentencia.
Quienes hayan pagado ya sus multas y no las hayan recurrido, no tendrán la posibilidad de recuperar el dinero “injustamente” cobrado.
Publicado por Matias Torres - 25/08/09 a las 10:08:53 pm

Se terminan las vacaciones de verano, y debemos comenzar a pensar en la vuelta al cole de los niños. Este dolor de cabeza para muchas familias se verá agigantado este año por la delicada situación de la economía. Por eso todos se preguntan: ¿Cuánto costará la ‘vuelta al cole’ este año?
Según estimaciones elaboradas por la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), las familias españolas se gastarán en septiembre entre 520 y 1.200 euros por niño. Esta cifra dependerá del tipo de institución, es decir si es público o privado.
¿Qué incluye esta cifra que duele cada vez más al bolsillo? Cada vuelta al cole significa en muchos casos la compra de libros, material escolar, ropa y matrícula.
Colegios públicos
Estos puntos son los que más presupuesto se llevan, ya que, al no destinar dinero al uniforme obligatorio, se realiza un gasto mayor en ropa de diario.
Colegios concertados y privados
- El pago de la matrícula
- El precio de los uniformes
- El material escolar
Si bien las cifras son parámetros generales, es importante aclarar que el gasto exacto se calcula en función del curso en el que se encuentre, de la comunidad o ciudad en la que viva, de las ayudas públicas a las que pueda acceder y el tipo de libros.
Consejos prácticos
Por ello es importante, gastar sólo lo necesario, consultar sobre ayudas para libros que dan las comunidades autónomas, los ayuntamientos o la administración central.
Otro de los consejos para ahorrar dinero es reducir, reciclar, reutilizar y reparar lo que tenemos en casa del pasado año o la posibilidad de intercambiar con otras familias el material que ya no utilizan.
Fecha de publicacion: agosto 25, 2009
Categorias: Ahorro, Economía, Informacion
Tags: 2009, Administración, ayuntamiento, costes, costos, educación, España, familias, gasto
Publicado por Matias Torres - 12/08/09 a las 06:08:37 am

¿Está dispuesto a no beber alcohol un sábado por la noche? Si su respuesto es negativa, tal vez si le ofrezcan dinero por no hacerlo cambie de opinión.
El Ayuntamiento de Cuenca, la Agrupación Provincial de Hostelería y la compañía Repsol han lanzado una campaña que premiará a los conductores responsables e intentará crear el hábito de no beber cuando se coge el coche.
Aquellos conductores que finalicen la noche con una tasa de alcohol de 0,0 recibirán como premio una tarjeta regalo con 15 euros de combustible que podrán utilizar en estaciones de servicio de Repsol de toda España.
Este doble objetivo forma parte del programa ”Conductor Responsable” que se prolongará hasta finales de año y que comenzará el próximo sábado en las inmediaciones de la Plaza de España.
Un total de ocho mediadores del Área de Intervención Social del Ayuntamiento de Cuenca tendrán como misión localizar a cinco conductores que estén dispuestos a colaborar con la iniciativa y les propondrán quedar en tres ocasiones a lo largo de la noche para realizarles controles de alcoholemia.
La campaña se realizará todos los sábados hasta finales de año y se calcula que en ella puedan participar unos 400 ó 500 conductores.
Publicado por Matias Torres - 11/07/09 a las 03:07:00 pm

Los impuestos son un dolor de cabeza para todos, ya que nos cuesta pagarlos, pero son fundamentales para las administraciones.
Uno de los más nombrados por los españoles es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). ¿En que consiste?
Conocido por la mayoría como “contribución”, se trata de una tasa que se paga una vez al año y se paga al ayuntamiento correspondiente. Este impuesto lo abona el titular de un bien inmueble según el valor de éste.
La Ley estipula que es un tributo directo, de pago anual, y depende del ayuntamiento la fecha en que se debe abonar (oscila entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre o el 1 de enero).
Para conocer la base imponible del IBI, debemos saber que se toma el valor catastral del inmueble, que refleja el valor del suelo que ocupa y de la edificación y los ayuntamientos gravan este impuesto como mínimo con un:
- 0,4% para bienes de naturaleza urbana
- 0,3% para bienes de naturaleza rústica.
El gravamen dependerá de ciertos factores como número de habitantes del inmueble o localidad, su localización, año de construcción, si se encuentra en capital de provincia o de comunidad autónoma, etc.
Sin embargo, el pago del IBI tiene excepciones:
- Los bienes propiedad de las administraciones (ya sean del Estado, las comunidades autónomas o los ayuntamientos) y se relaciones con la defensa nacional, la seguridad ciudadana, y los servicios educativos y penitenciarios.
- Los bienes que sean de gobiernos extranjeros dedicados a su representación diplomática (embajadas y consulados).
- Las carreteras, vías o caminos de uso público.
- Los bienes propiedad de la Iglesia católica y de asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas.
Algunas consideraciones:
Es bueno saber que en ciertas ocaciones existen algunos beneficios como:
- Las viviendas de protección oficial tienen una bonificación del 50 % en la cuota durante un plazo de tres años.
- El primer año que en el que se adquiere un bien inmueble, se pagará la parte proporcional del impuesto correspondiente al período de tiempo desde que se ha comprado el inmueble.
Fecha de publicacion: julio 11, 2009
Categorias: Economía, Impuestos, Informacion
Tags: Administración, ayuntamiento, bienes, bonificación, Comunidades Autónomas, contribución, España, Estado, IBI, Impuesto, Inmuebles, valores