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Agencia Tributaria. Archivos de la tematica Agencia Tributaria

A continuación puedes leer artículos que los autores etiquetaron con la temática Agencia Tributaria. Puedes navegar a traves de ellos pulsando en su titulo

Agencia Tributaria borrador 2012

Cuando inicia el Calendario Fiscal 2012 además de afrontar la cuesta de Enero y planear las vacaciones, nos toca afrontar las obligaciones con la Agencia Tributaria y solicitar el borrador 2012. Durante el próximo mes de Abril y como en cada año, se debe a esta altura del año todos los deben estar atentos al inicio de la declaración de la renta 2012 ya que se inicia el plazo para hacer el pedido del borrador de la renta 2012, nadie puede estar desatento a esta obligación con Hacienda ya que implica una serie de obligaciones fiscales.

Dicho borrador de la renta se trata de un documento que a solicitud es enviado por Hacienda y que debemos rellenar con los datos a los ingresos y rendimientos del trabajo y demás datos. Hacienda les enviará el documento que deben revisar los números de la liquidación, de ser así deberán aceptarlos lo que hace que se ayuda en el tiempo del trámite y plazos.

Tras tener en mano el borrador de la renta 2012, deberán confirmarlo siempre que estén a favor de la liquidación, aunque puede darse el caso de que sea un borrador a modificar o puede ser el caso de un borrador no confirmable.

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Agencia Tributaria embargo de cuentas bancarias

Más de 5 millones de cuentas bancarias se vieron embargadas por parte de la Agencia Tributaria, durante 2010 embargó 3,3 millones de cuentas bancarias con el objetivo de poder asegurarse cobrar deudas con la Administración que tienen los titulares de dichas cuentas.

A la anterior cifra habría que agregarse las inmovilizaciones de cuentas llevadas a cabo por la Seguridad Social, con ello se llega a las más de 5 millones de cuentas, siendo la mayor cifra registrada en este concepto.

Así como hace poco se dio la noticia del cuelgue de la Web de la Agencia Tributaria a la hora de solicitar el borrador de la renta, por otro se conoce que el nivel de la Agencia Tributaria en embargo de cuentas bancarias, es una cifra histórica, en la que durante 2010, Hacienda debió lanzar unas 4,7 millones diligencias de embargo siendo 500.000 más que en 2009, cuando fueron 4,2 millones y 1,5 millones más que en 2008 cuando lanzó 3,2 millones, así lo reflejan los datos publicados por CincoDías.

Dentro de dicha cifra abarca la inmovilización sobre cuentas bancarias, valores, coches, embarcaciones, salarios, joyas o viviendas.

Desde la misma Agencia Tributaria, aclaran que no todos los embargos se deben a la deuda fiscal, debido a que Hacienda también gestiona el cobro de multas de tráfico y demás sanciones administrativas.

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Devolución IRPF 2010

Con la campaña de la renta iniciada, desde Hacienda se ha dado la orden de devolver un total de 61 millones de euros a los contribuyentes, de esta forma las entidades financieras tendrán que hacer la devolución por 61 millones de euros en concepto de la campaña de la renta de 2010. Puedes ver más información sobre la Devolucion de la Renta

Por estos días aquellos contribuyentes que les ha tocado recibir la devolución podrán recibir el importe en sus cuentas bancarias.

Con ello la Agencia Tributaria comienza con las devoluciones del IRPF de 2010, tocándoles no a todos los contribuyentes. Vale recordar que ya el pasado lunes, está vigente la Campaña de la Renta pudiendo solicitar el borrador del IRPF online y también acceder al Programa Reno.

Las previsiones que parten de Hacienda sobre cuanto devolverá durante este año es de 11.167 millones, es decir un 7,33% por debajo del anterior ejercicio. Explica que será mucho menos a partir de que se ha eliminado la rebaja de 400 euros que había aprobado el Gobierno previamente a las elecciones generales del año 2008 además del incremento de los tipos impositivos aplicados sobre los rendimientos del ahorro, son las razones de una menor cifra.

Un total de 634.812 declarantes han accedido a su borrador, mientras que unos 160.309 ya le dieron confirmación, han informado desde la Agencia Tributaria, espera un mayor número dado que en estos días se ha colapsado su Web lo que señala una buena previsión de solicitudes.

Para esta campaña existe la novedad para los contribuyentes, que a diferencia de otros años, pueden conseguir muy rápidamente el borrador a partir de ingresar a la Web y confirmarlo.

Programa Reno Agencia Tributaria

Como venimos exponiendo últimamente sobre el inicio de las fechas para solicitar el borrador de la renta 2010, y la posibilidad de cumplir con la Agencia Tributaria y lo que fija el Calendario Fiscal 2011.

Al parecer esta vez son muchos más los que se han propuesto solicitar el borrador de la renta lo que ha hecho que se provoque un colapso de la Web de la Agencia Tributaria, ya que ha n sido innumerables la cantidad de pedidos de borradores del IRPF.

Tal ha sido el colapso que desde Hacienda se solicitaron a Telefónica un aumento del ancho de banda para que vuelva a ser navegable la Web y no se frene ante la hola de pedidos. Si bien el plazo para solicitar el borrador es hasta el 27 de Junio.

Durante el primer día de la campaña de la Renta 2010, ha sido notablemente superior a otras, esto motivado por diferentes aspectos. Entre ellos es que el límite a gestionar es de 600 solicitudes por minuto en cambio han recibido más de mil solicitudes.

Con el transcurrir de los minutos han sido muchos los contribuyentes que se volcaron por ingresar a la Web del Programa Reno, el que les posibilita el acceso al borrador. Dicho Programa Reno de la Agencia Tributaria, tiene como objetivo posibilitar que los contribuyentes declarantes puedan solicitar mediante Internet el borrador.

Al momento de la solicitud mediante l Programa, deberán de indicar número de DNI, junto al dato de la casilla 698 de la renta 2009 demás del número de teléfono móvil. Tras la confirmación de los datos, Hacienda les envía un SMS al contribuyente en el que figura el número de referencia que servirá a modo de consulta, también para modificar y confirmar el borrador de la renta.

Calendario Declaración de la Renta 2010

Ya se encuentra vigente el Calendario de la declaración de la Renta 2010, para hacerle frente al pago de impuestos en Hacienda. Inicia el 4 de Abril y hasta el próximo 27 de Junio los contribuyentes podrán solicitar el Borrador de la Declaración de la Renta del ejercicio 2010.

Teniendo el correspondiente documento, y tras comprobarse que los datos estén correctos, dicho periodo para confirmar va desde el 4 de Abril hasta el 30 de Junio.

Por lo que para llevar a cabo la preparación de la Declaración de la Renta es solicitar el borrador, siempre respetando el plazo que fija el calendario. Si bien no todos les asisten el derecho de solicitar el borrador así como la presentación de la declaración del IRPF.

Los que deben solicitar el borrador de la Renta, son los contribuyentes que posean:
-Rendimientos del trabajo
-Rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta
-Letras del Tesoro
-Imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo
-Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta
-Subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

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Campaña de la Renta 2010

La Campaña de la Renta 2010, se ha conocido que se llevará cabo entre el 3 de Mayo y el 30 de Junio en la que los contribuyentes pueden solicitar el borrador de la Renta 2010, que presenta una serie de novedades a la hora de los impuestos.

Entre la que se destaca, en el modelo de declaración se da sobre la percepción del IRPF en forma de un tributo parcialmente cedido lo que conlleva nuevas casillas que recogen los diferentes importes que se incrementan o los disminuidos en cada uno de los mínimos personales y familiares que incorporaron no todas las Comunidades Autónomas.

Los contribuyentes podrán solicitar mediante:
-Internet ingresando a la Web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es)
-Por teléfono, (901 12 12 24/ 901 200 345)
-En las oficinas de cualquier delegación de la Agencia Tributaria.

Otra de las novedades que encontrarán, será la nueva casilla que recoger el importe, soportado íntegramente por el Estado, de la nueva deducción temporal por obras de mejora en la vivienda habitual.

Lo que no cambia son los 22.000€ en los rendimientos íntegros de parte de los contribuyentes, los que no se encuentran obligados a presentar la declaración de la Renta siempre que provengan de un sólo pagador.

En cambio si existiera más de un pagador la cuantía de lo percibido del segundo y restantes no deberá sobrepasar los 1.500€.

Así mismo en los 11.200€ la renta máxima anual que exime de tal obligatoriedad a los contribuyentes que posean más de un pagador y cuando la cifra del segundo o de los otros pagadores sobrepase los 1.500€.

En cambio se encuentran obligados a declarar los contribuyentes con rentas del trabajo que sean inferiores a los 22.000€ anuales, y se han aplicado deducciones por:

-Inversión en vivienda
-Por cuenta ahorro-empresa
-Por doble imposición internacional
-Las de reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones
-Mutualidades de previsión social
-Planes de previsión asegurados
-Patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

También pueden acceder a los calendarios fiscales 2011:

Calendario fiscal enero 2011
Calendario Fiscal Febrero 2011
Calendario Fiscal Marzo 2011
Calendario fiscal Abril 2011
Calendario fiscal Mayo 2011
Calendario Fiscal Junio 2011
Calendario fiscal Julio 2011
Calendario Fiscal Agosto 2011
Calendario Fiscal Septiembre 2011
Calendario Fiscal Octubre 2011
Calendario Fiscal Noviembre 2011
Calendario Fiscal Diciembre 2011

Solicitar el borrador de la Renta 2010

El próximo 4 de Abril todos los contribuyentes tendrán la oportunidad de solicitar el borrador de la Renta 2010 y/o los datos fiscales cuyo plazo finaliza el 27 de Junio, así lo ha estipulado el Ministerio de Economía y Hacienda.

Tras recibirlo, los contribuyentes tienen como paso previo revisar dicho borrador de la Renta y modificarlo o también completarlo por si hiciera falta y confirmarlo.

Una de las novedades que depara esta versión es que desde el próximo 4 de Abril podrán confirmarlo telemática o telefónicamente, y desde el 3 de Mayo dicha confirmación se llevará a cabo presencialmente o las demás vías. Cuyo plazo finaliza el 30 de Junio y el 27 de Junio en caso que el contribuyente domiciliara el pago.

Por lo que, aquellos contribuyentes que pretendan hacerse con el borrador o contar con los datos fiscales el 4 de Abril adelantándose al envío de Hacienda pueden realizar la solicitud por la Web de la Agencia Tributaria o telefónicamente (901 12 12 24). Al realizar la solicitud deben dar su NIF, el importe de la casilla 698 de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2009 y el número de teléfono móvil en el que recibirán por medio de sms el número de referencia del borrador o de datos fiscales. El mismo número les servirá para confirmar el borrador de la Renta.

Como recuerdan, usualmente la Agencia Tributaria fijaba el plazo para solicitar el borrador a inicio de Marzo y cuando iniciaba Abril se podía confirmar. La novedad conforme los datos expuestos anteriormente esto se ha decidido retrasar la fecha para solicitar el borrador aunque solamente en las confirmaciones telemáticas o telefónicas: el mismo día que reciben el borrador el 4 de Abril podrán confirmarlo, esta es una de las novedades.

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Impuesto de sociedades europeo

Europa avanza en diferentes tipos de aprobaciones, actualmente se ve inmersa en la aprobación de lo que concierne al Fondo de rescate del euro, y en medio de ello Bruselas ha aprobado el proyecto de creación para un impuesto de sociedades europeo.

A través de este nuevo tipo de impuesto, las empresas podrán decidir presentar en una sola liquidación de resultados y para toda Europa, excepto que lo que corresponda al negocio y asignado a cada país no se modificará y seguirá gravando bajo el tipo impositivo nacional correspondiente.

Con esto se logra fijar una base común para el impuesto de sociedades una alternativa frente a las nacionales, dado que las empresas utilizarán voluntariamente la base europea pudiendo llegar a liquidar sus respectivas obligaciones pero bajo un solo Estado, el que redistribuirá la recaudación a los países en los que la empresa tiene presencia de negocio.

Si bien representa varias ventajas para las empresas como un ahorro en trámites, se puede decir que de las principales, es la posibilidad de poder compensar las ganancias que se les genere en un país a la vez que se tiene pérdidas en otros, con ello finalmente lograrían reducir su factura total ante el fisco, siendo una clara ventaja con este modelo.

Mientras que las multinacionales podrán rebajar la factura fiscal por 1.300 millones de euros anuales, llegándose a ahorrar unos 700 millones de euros solo en gastos de tramitación, al momento de producirse las liquidaciones de impuestos, sin dudas un ahorro sustancial en dinero.

Algo que se aclara, es que a los países les asistirá el derecho a establecer el tipo de imposición, España logra ingresos por el impuesto de sociedades de unos 31.000 millones de euros.

Con esta  armonización de la base imponible que figura en el proyecto, les posibilitará a las empresas llegar a pagar el impuesto de sociedades sobre toda su actividad europea en sus países de origen. Mientras que se fija que la Hacienda principal se encargará de enviar a los demás países en los que opere la empresa lo que resta de la recaudación.

Respecto a la fórmula de distribución, se basará en el cálculo de la base imponible total que presente la empresa, sumándole ganancias o pérdidas que se den en todos los mercados. Tras ello y con la base resultante se dividirá entre los países según la importancia que tenga la empresa en cada uno de los mercados, que se calcula en base a: activos, empleo -número de trabajadores y masa salarial- y facturación.

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Operaciones vinculadas

En medio de la lucha contra la morosidad y la economía sumergida y otros males que afectan a la economía interna de España, por parte de Hacienda, un 40% de las empresas españolas estima que “bastante o muy probable” recibir una visita de inspección de Hacienda en lo referido a los precios de transferencia, -estos son los precios fijados en operaciones entre empresas que pertenecen a un mismo grupo-. Así lo demuestra la encuesta de KPMG sobre una muestra de 150 directivos españoles.

Es que estos directivos temen recibir esta visita poco agradable para ello, ya que parte del Plan de Control Tributario de 2011, en el que se establece que los precios de transferencia serán una de las prioridades de la Agencia Tributaria.

El principal objetivo de Hacienda respecto a esto es el de evitar que las multinacionales, se basen en estas operaciones comerciales en las filiales de los diferentes países donde están presentes y con ello modificar la base imponible del impuesto sobre sociedades, lo que hace que muchas de ellas abusen de esta fórmula y reduzcan la factura tributaria.

Lo referido a los precios de transferencia se han vuelto un tema delicado, sobre todo cuando la legislación le exige a las empresas a que demuestren además de documentar que fijaron un precio de mercado en una operación intragrupo y el cargo de la prueba suele recae sobre las sociedades.

Por lo que desde el Ministerio de Hacienda se les recomienda a las empresas, en caso de dudar al tasar una operación vinculada, previamente lleven a cabo acuerdos previos de valoración. De esta forma la empresa y Hacienda logran fijar el precio de transferencia.

A todo ello conviene repasar de qué van las Operaciones Vinculadas:

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Plan General de Control Tributario 2011

Hacienda ha puesto en marcha el Plan General de Control Tributario 2011 en su objetivo por el tratamiento de las pérdidas derivadas de la crisis global. Es así que la Agencia Tributaria -a la que pueden acceder pinchando aquí-pretende iniciar una lucha en medio de la crisis económica y que se la utilice como base para reducir las bases imponibles en los diferentes sectores.

En especial hará hincapié en las grandes multinacionales ya que ha encontrado que suelen utilizar y abusar de los precios de transferencia –es decir los intercambios comerciales entre las diversas empresas de un mismo grupo multinacional- para sus reestructuraciones empresariales, así como para la valoración de intangibles y/o  tratamiento de pérdidas por la crisis económica.

Recientemente este Plan General de Control Tributario de 2011 ha sido aprobado por el Ministerio de Economía y puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE)-pueden leerlo detalladamente pinchando aquí-. Básicamente busca fijar que los precios de transferencias sean de especial atención por los inspectores que lleven a cabo la tarea.

Por lo que Hacienda desea evitar es que las empresas, que cuenten con matrices en otros países, adopten como estrategia operaciones entre compañías que pertenezcan a un mismo grupo buscando reducir la base imponible. El Plan Tributario no dejará de lado a la economía sumergida.

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