¿Que es el seguro decenal?

En el mundo del seguro las pólizas mas reconocidas son las de los seguros de coche, seguros de hogar o seguros de salud y cuando no el seguro de moto, ahora sabemos que los seguros existen en los diversos sectores cubriendo las actividades de los profesionales uno de ellos es el seguro decenal aunque se lo puede conocer como «Seguro de daños a la construcción» o seguros de construcción, pero en España se lo comercializa como seguro decenal.

Veamos el seguro de daños a la construcción, y ya que en España se lo conoce por seguro decenal, de ahí en más lo llamaremos así. Se trata de un contrato de seguro que como principal objetivo el de darle coberturas y garantías a los promotores y al constructor y al contratista, además de abarcar al usuario al ofrecerles cobertura ante los siniestros que siempre existe mientras se está realizando una edificación y también después de finalizada esta.

Por lo que determinados siniestros dentro y fuera de la edifiación quedan a resguardo con las garantías y coberturas del seguro decenal. En el mercado español tenemos a la Asociación de Empresas de Control de Calidad y Control Técnico Independientes que se encarga de tener bajo su techo a las empresas definidas como «Organismo de Control Técnico (OCT)», estas a su vez tiene la tarea de elevar información a la aseguradora de los riesgos que se deben garantizar con la cobertura de seguro decenal ya que se encarga de regularlo la Ley de Ordenación de la Edificación -artículo 19.1 c)-.

Aspectos que deben figurar en el informa a elevar:
-Análisis del estudio geotécnico.
-Verificación del proyecto de estructura, cálculo estructural, estabilidad de fachadas e incidencias de instalaciones.
-Verificación del proyecto de cerramientos y cubierta, evaluando los detalles constructivos relacionados con la estanqueidad del edificio.
-Seguimiento de la obra, verificando como la ejecución se adecuaal proyecto, realizando pruebas y ensayos.

Dicho informe es el que conocerá la aseguradora, y en él deben figurar detalladamente de cuanto podrá ser el alcance de los riesgos que hubieran tomando en cuenta (proyecto, materiales y ejecución).

El CTE fija que dicho requisito será exigido al promotor en cuanto al sector residencial, por lo que este tendrá que contratar con una aseguradoras el llamado Seguro de Garantía Decenal, esta póliza le permite cubrirse en cuanto a lo que pueda sucederle a la estabilidad estructural del edificio, en varios aspectos.

Este seguro decenal tienen carácter de seguro obligatorio en lo que hace a los edificios de viviendas plurifamiliares que sean de nueva construcción y sobre los edificios preexistentes y que vayan a ser rehabilitados siempre que suceda uno de estos escenarios:
Amplíación en la cantidad de viviendas
Producirse un cambio de uso para que pase a ser de vivienda.

Se señala que será voluntario para las diferentes edificaciones. También hay que tomar en cuenta que existen una serie de garantías trienales que son voluntarias:
Misión A3:
Estanqueidad de fachadas y cubiertas
Misión A4:
Estanqueidad de sótanos
Misión D:
Obra secundaria
Misión E:
Instalaciones

Coberturas del Seguro Decenal:

Cobertura Básica:
Daño estructural:
Garantiza por un plazo de 10 años, en cuanto a la indemnización y/o reparación por daños materiales en el edificio que esté Asegurado sea por vicios o defectos que llegaran a afectar de mnanera directa sobre la resistencia mecánica y estabilidad del mismo.

Coberturas Opcionales:
Renuncia del recurso contra el contratista principal del edificio

Suele darse que, el promotor de la obra se a su vez el constructor que llevó adelante las tareas. Si fuera este el caso habría que incluir la renuncia contra el contratista principal, esto significa que si se diera un siniestro habrá solamente un reclamo.

Impermeabilización de Fachadas:
Dicha garantiza, tiene un periodo de 3 años, en el que la indemnización o reparación por daños materiales en el edificio Asegurado será por filtraciones en las fachadas del mismo.

Impermeabilización de Cubiertas:
Se encarga de garantizar, por un plazo de 3 años, la indemnización o reparación de daños materiales en el edificio Asegurado por filtraciones  que se dieran en cubiertas.

Imagen: http://www.geotecam.es

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