Nueva ayuda por rehabilitación de vivienda

La nueva ayuda por rehabilitación de vivienda, se ve limitada por el Gobierno al ser compatible con la deducción por compra de aplicarse a otra vivienda. Estas noticias se conocieron por la presentación de la vicepresidenta económica, Elena Salgado, y el ministro de Fomento, José Blanco, de la campaña que se encarga de informar sobre la ayuda a la rehabilitación de vivienda.

Entre las cuestiones a aclarar son que la deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por obras para la mejora se puede aplicar sobre cualquier vivienda del contribuyente, y las diferentes tipos de viviendas como las entendidas como residencia habitual y las que se alquilan, pero no deberán estar afectadas a las actividades económicas del contribuyente.

También se encarga de aclarar que no se beneficiarán de la deducción por rehabilitación los que ya aplican por la misma vivienda la deducción fiscal por compra y agotaron el límite máximo anual, por lo que no todos se puedne beneficiar de la misma.

También podrán deducir el 20% de las cantidades que han invertido en las obras en la vivienda hasta 6.750 euros anuales. Por otro lado la base máxima de deducción se reducirá con el tiempo para los que cuenten con una base imponible que supere los 53.007,20 euros anuales, esto hasta llegar a cero para los que posean una base imponible que supere los 71.007,20 euros.

Otro aspecto de la a entender será que, las cantidades que sean satisfechas en un ejercicio no deducidas por ehaber superado la base máxima anual de deducción tendrán la posibilidad de aplicar tal reducción, para los cuatro ejercicios que continuén.

La cantidad máxima que el contribuyente tiene permitido deducir por un bien inmueble es de 20.000 euros, con esto puede alcanza los 4.000 euros al ahorrar por aplicar la deducción.

Para un ejercicio, la inversión máxima permitida para la ayuda fiscal será de 6.750 euros, logrando un ahorro anual de 1.350 euros.

Algo que puede producir dudas es lo referente a la deducción fiscal por compra, no podrán hacerlo los que ya se estén deduciendo por compra de vivienda no podrán hacerlo por las obras de reforma que se estén haciendo en la misma vivienda si agotaran anualmente los límites.

En cuanto a las segundas residencias, para este caso pueden acogerse al llamado nuevo incentivo fiscal los que han pagado su vivienda habitual y se beneficien de la deducción por compra, y que cuenten con segunda residencia y que deicdan hacerle reformas.

También podrán los que no se ha librado de la hipoteca sobre su casa y,que estén deduciendo fiscalmente la compra de esta vivienda, y que deseen rehabilitarla.

Además, las viviendas que son factibles de reformas no se les exigirá un mínimo de años de antigüedad, puedne ser entonces viviendas nuevas y que se les desea hacer diferentes mejoras energéticas,u otras.

No correrán la misma suerte, las obras hechas en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos.

Sobre las formas de pago, deberán ser mediante tarjeta de crédito o tarjeta de débito, así como las transferencias bancarias, cheque nominativo o ingreso en cuenta, queda excluído pagar en efectivo.
En cuanto al periodo de vigencia, la deducción es temporal, teniendo como plazo hasta el 31 de diciembre de 2012.

Imagen: blog.interiorismocasamayor

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