Ley de Régimen Local

Los Ayuntamientos que actualmente no la pasan nada bien con crisis en sus arcas y debiendo implementar planes de ajustes. Por estos días tendrán que publicar los bienes de alcaldes y concejales, y con un plazo hasta el 24 de enero, cono así lo estipula la nueva Ley de Régimen Local.

Es así que, los ayuntamientos deben publicar la relación entre los bienes y actividades de sus alcaldes y concejales en los Boletines Oficiales de la Provincia que se enmarca dentro del objetivo de mostrar una mayor transparencia.

Existen tres circunstancias (toma de posesión, el cese o el fin del mandato) por las que los 5.602 alcaldes y concejales electos deben de brindar sus respectivos patrimonios.

Debiendo demostrar los ingresos netos percibidos en el ejercicio anterior a esta declaración, además del patrimonio inmobiliario junto a sus vehículos, joyas y obras de arte, y una relación del pasivo como muestra de transparencia.

Puede verse en la Web de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía una serie de instrucciones dirigida a que los 5.602 miembros que componen las corporaciones locales de la Comunidad Valenciana publiquen la relación de bienes y actividades en los Boletines Oficiales de la Provincia (BOP), y para aquellos interesados pueden ingresar a http://www.dgct.csc.gva.es/ y encontrar el modelo de declaración que deben de realizar. La Comunidad Valenciana cuenta con la Ley Valenciana de Régimen Local.

Por lo que la publicación en el BOP de bienes de ediles mostrará los datos tanto del activo, el pasivo como de las actividades. Algo que no le escapa a lo que realiza el Gobierno de España en cuanto a la publicación de las declaraciones de sus políticos y del presidente y ministros.

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