IBI al Patrimonio Histórico

Las fórmulas para recaudar cada vez son más insólitas y alcanzan a sectores que hasta ahora estaban exentos. Es el caso del IBI al Patrimonio Histórico ya que los municipios les cobrarán el impuesto del IBI a los edificios catalogados como Patrimonio Histórico, partió desde el Consejo de Ministros la luz verde a los Ayuntamientos que tienen la posibilidad de cobrarles el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) sobre los edificios que han sido declarados Patrimonio Histórico los mismos venían quedando afuera de este impuesto.

Desde ahora se cobrará a todos los que lleven adelante actividades económicas las que no representen un interés general, entre los que se encuentran hoteles. Si los ajustes y los recortes no alcanza para achicar el déficit público también servirá para recaudar.

Esta es otra de las formas poco ortodoxas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas buscando fórmulas para recaudar y llenar la caja del Estado y además de extender la ola de aumentos de impuestos a los contribuyentes también les tocará a los edificios nadie se salva.

Seguramente que despierta polémica el método de recaudación así como arrinconar a los beneficios fiscales obligatorios aplicados sobre los tributos locales, eliminando lo que el Estado hacia que era el exigirle a Ayuntamientos y corporaciones locales a llevar adelante exenciones sobre el total de impuestos que estos cobran pero no obtenían nada a cambio. Esto ya no será así ya que de ahora en más los municipios podrán decidir el cobrar o no el IBI sobre edificios.

Una de las polémicas y dualidades que se da es lo que sucede en la Comunidad de Madrid con el Ritz o el Palace, que tienen su hoteles en un edificios catalogados como el Patrimonio Histórico y que no pagan IBI, suponiendo una gran ventaja fiscal o nula ya que los demás hoteles. En el caso del IBI en Madrid 2013, también hay novedades.

La nueva norma indica que se despeje esta exención fiscal cuando el edificio tenga una actividad económica especificada como carecer de interés general, esto abarca a viviendas en edificios de Patrimonio Histórico no deberán pagar IBI. Si una vivienda está ubicada en uno de estos edificios no deberán de pagar IBI pero si en ellos hay una empresa si deberá tributar. La buena noticia es que los Ayuntamientos tienen la oportunidad de recaudar por IBI sobre edificios singulares en especial los de Madrid, Barcelona, Sevilla o Córdoba.

Esto supone una buena fuente para por ejemplo el Ayuntamiento de Madrid que en 2011 al no recaudar vía dichos beneficios fiscales, no ingreso durante el año pasado unos 112,7 millones de euros más del 86% unos 97,1 millones de euros por exenciones del IBI, de los que 38,6 millones de euros no fueron recaudados a partir de exenciones aplicadas a inmuebles del Estado y de Madrid que sirven para menesteres sociales y de seguridad si bien tampoco ahora podrá recaudar por ellos ya que no tributarán por IBI.

Aunque el Ayuntamiento sí recaudará 30,11 millones de euros por exenciones en IBI de bienes de Patrimonio Histórico. No serán tocadas las entidades religiosas y fundaciones.

Los Ayuntamientos, podrán cobrar además de aplicar bonificaciones, pero solo sobre edificios que sean Patrimonio Histórico, pero los que conlleven actividad económica.

Los colegios concertados también se evitan el tributar el IBI, es por los pocos que el Estado les abona a los municipios. Mientras que lo que son las viviendas protegidas (VPO) conllevan una bonificación del 50% en los primeros 3 años.

¿La Ley y la Trampa?
Como en toda normativa o ley existen atajos o agujeros que posibilitan no respetarla del todo. Como sucede con las empresas que están bajo la figura jurídica de una fundación, son las que se evitarán el pago del IBI.También las que sean fundaciones y entidades religiosas se evitarán el pago del IBI.

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