El TUE rechaza el signo ‘!’ como marca europea

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En lo que es un revés para los que pensaban utilizarlo, el signo de exclamación no tiene una entidad como para transformarse en una marca en sí mismo. De esta manera a través de una sentencia, el Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE), decidió rechazar la petición, ya que no permite poder identificar el origen comercial de los productos que se designan con ese signo de la empresa de lujo alemana Joop!, quien deseaba registrarlo como marca.

La sentencia se basa en la imposibilidad de identificar por parte del consumidor, ya que no podrá llegar a deducir el origen de los productos que estén designados con dicho signo de exclamación, dado que al no presentar una grafía particular y diferenciada del grafismo estándar, se percibirá como un elogio publicitario o un reclamo.

Además de aclarar que el registro del signo de exclamación como una marca, sólo sería posible si dicho signo anteriormente hubiera registrado una importancia distintiva debido al uso previo que Joop! hubiera hecho de él.

Por el lado de Joop!, utilizaron la prueba física y señalaron que el público está acostumbrado a su marca principal y al rótulo ‘Joop!’. Como prueba presentó tres fotografías de pantalones vaqueros sobre los que figuraba una etiqueta en la que estaba estampado un signo de exclamación.

Pero según el TUE no considera una prueba suficiente como para acreditarle el signo a la empresa y menos que tuviera un carácter distintivo a través de su uso en la Unión Europea, además de ser en parte real, sólo sería en el mercado alemán.

No es la primera vez que este signo de exclamación es protagonista en la imagen de una marca. Un ejemplo es el grupo de música !!!, que lo utilizaban como una marca para denominarse.

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