Agencia Tributaria: Notificaciones Electrónicas Obligatorias

Al parecer a la Agencia Tributaria, es decir Hacienda, no se le escapa nada y en su afán recaudador desde febrero de 2011 las compañías eléctricas estarán obligadas a informarle sobre la capacidad de los consumos eléctricos de los contribuyentes. Sobre todo ante la próxima subida de la luz en enero de 2011.

Esto tiene como principal finalidad el detectar alquileres no declarados e incluso la actividad industrial o comercial que se oculta ante el fisco, así lo ha establecido la Orden Ministerial.

Tras esto se ha aprobado por parte de Hacienda el “Modelo 159 de Declaración informativa anual de consumo de energía eléctrica”, el que deberán presentar todos los años telemáticamente, obligando a las compañías eléctricas a dar la información de unos 25 millones de contratos en España.

Siendo toda una novedad, ya que es la primera vez que se aplica, las compañías eléctricas están obligadas a tener que presentar a partir de febrero todos los consumos de luz de este año, junto a la identificación de cada titular de los contratos de suministro y de la referencia catastral del inmueble con la localización correspondiente.

En dicho formulario, que se le debe de entregar a la Agencia Tributaria, deberá figurar nombre y apellidos o razón social y NIF de los contratantes, de los que tengan a su cargo efectuar el cobro de las facturas, ya que actualmente hay miles de contratos de luz en el que no coincide el titular con aquel que paga la factura, pudiendo ser en algunos casos una vivienda en alquiler.

Existen medidas introducidas en la ley de prevención del fraude fiscal, aunque ya existe la obligatoriedad introducida por la Agencia Tributaria para incluir la referencia catastral de la vivienda de los contribuyentes del IRPF, para aquellos que vivan en régimen de propiedad o de alquiler, y descubrir aquellos arrendamientos no declarados.

Otra de las medidas a respetar en cuanto a la Agencia Tributaria y las notificaciones electrónicas obligatorias, será que las eléctricas deberán incluir en su respectiva comunicación a Hacienda:
-Referencia catastral del inmueble y localización
-Potencia nominal contratada
-Consumo anual en kilovatios
-Ubicación del punto de suministro
-Fecha de alta del mismo.

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